La Corte Suprema de Justicia dio a conocer una práctica que tiene relación inmediata con las familias al momento de repartir la herencia, en lo que significa una victoria para los nietos. El alto tribunal tumbó la medida, redefiniendo cuáles son los herederos y presentando una advertencia para los colombianos que están en el proceso de división de bienes según cada caso.

La sentencia de la Corte se dio luego de estudiar el caso de un nieto llamado Juan, quien demandó la repartición de la herencia de su abuelo, llamado José. Según se conoció, el hombre descubrió que el abuelo, antes de morir, creó un fideicomiso para transferir parte de sus bienes a dos de sus hijos.

Toda una vida de trabajo suele ser traspasado a integrantes de una familia. | Foto: Anónimo

Dichos bienes del fideicomiso no entraron a la repartición de la herencia, lo que ocasionó una alerta por parte del nieto, quien aseguraba que estaba en riesgo su derecho a esas propiedades.

“El abuelo designó a dos tíos del demandante como propietarios fiduciarios para que supuestamente administraran varias de sus propiedades: parcelas, lotes, locales comerciales, apartamentos, casas, una finca y acciones en dos empresas. Estos eran sus activos más valiosos, los cuales debían ser entregados a los beneficiarios de la fiduciaria tras su muerte”, indicó la Corte.

En el caso del nieto, este demandó para tumbar el fideicomiso y la escritura pública a través de la cual sus tíos se quedaron con los bienes. El caso llegó a escalar hasta la Corte Suprema.

Frente a esto, la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, a través de la sentencia SC2906-2021, se refirió a la práctica de crear un fideicomiso utilizado para redefinir los bienes de una herencia. Según explicó el alto tribunal, para que exista una simulación o falsedad en dicho proceso se deben presentar los siguientes elementos:

  • La presencia de dos o más personas que acuerdan dar una falsa apariencia a su voluntad.
  • El propósito de engañar a otros.
  • La disconformidad intencional entre lo querido y las atestaciones realizadas (es decir, lo declarado en la herencia).
La Corte Suprema fijó reglas, según algunos casos. | Foto: Montaje: El País / Fotos: Colprensa

Para el caso concreto del joven Juan, la Corte pudo identificar que su abuelo se unió a sus dos hijos para “disminuir los bienes de su acervo herencial”. Es decir, para transferírselos a ellos y que, luego de su muerte, no se repartieran entre otros miembros de la familia.

“El fideicomitente nunca pretendió desprenderse de los activos de mayor valía de su patrimonio hasta que se produjera el acontecimiento de su muerte”, definió el alto tribunal.

Por tanto, la Corte ordenó devolver los bienes para que sean repartidos en la herencia.