El Ministerio de Transporte publicó para comentarios de la ciudadanía el proyecto de resolución que establece, por primera vez en Colombia, reglas para la circulación de vehículos de micromovilidad y vehículos eléctricos livianos de uso personal urbano.

La iniciativa busca regular el uso de patinetas eléctricas, scooters, monociclos y bicicletas eléctricas, con el objetivo de promover una movilidad más sostenible, moderna y segura en las ciudades del país.

La propuesta fija requisitos mínimos de seguridad para este tipo de vehículos, entre ellos sistemas de frenos delantero y trasero, luces, elementos reflectivos, señal acústica, limitadores de velocidad y mecanismos de protección frente a manipulaciones técnicas. Además, contempla el uso obligatorio de casco certificado y chaleco reflectivo durante la noche.

El proyecto también plantea la creación de un sistema de identificación para los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) a través del RUNT, que permitirá registrar e individualizar estos medios de transporte mediante una placa visible con información técnica y un código único.

“Colombia necesitaba reglas claras frente a una realidad que ya está en las calles. Por eso hoy ponemos a consideración de la ciudadanía esta regulación que busca proteger la vida, ordenar la movilidad y avanzar hacia ciudades más sostenibles y seguras”, afirmó la ministra de Transporte, María Fernanda Rojas.

La iniciativa también establece límites de velocidad y condiciones específicas de circulación. Entre ellas, una velocidad máxima de 25 kilómetros por hora en espacios recreativos y deportivos, y de hasta 40 kilómetros por hora para bicicletas eléctricas autorizadas fuera del perímetro urbano.

Queremos construir esta reglamentación escuchando a los ciudadanos, usuarios, autoridades locales y actores del sector. Esta publicación abre un espacio de participación para fortalecer una norma que responde a las nuevas dinámicas de movilidad urbana del país”, agregó la Ministra.

El uso de patinetas eléctricas es exclusivo para transporte personal urbano. | Foto: Semana

El documento fue elaborado bajo el enfoque de sistema seguro y en línea con el Plan Nacional de Seguridad Vial 2022-2031, incorporando referentes técnicos internacionales para fortalecer las condiciones de convivencia y seguridad en las vías.

El proyecto de resolución permanecerá abierto a comentarios y observaciones de la ciudadanía a través de los canales oficiales del Ministerio de Transporte.

Multas por mal uso

Estos son los aspectos que debe tener en cuenta para evitar multas al movilizarse en patineta eléctrica:

  • El uso de este medio está limitado al transporte personal urbano.
  • Está prohibida la circulación por la Red Vial Nacional, salvo en aquellos tramos que cuenten con cicloinfraestructura, siempre que esta no haya sido restringida expresamente por la autoridad competente.
El uso del casco es una de las medidas fundamentales para movilizarse en patinetas eléctricas. | Foto: Semana
  • La velocidad máxima permitida es de 25 km/h en cicloinfraestructura y 40 km/h en vías permitidas.
  • No se debe transitar por acera, andenes o lugares que son destinados a peatones.
  • Llevar dispositivos en la parte delantera que proyecten luz blanca y en la parte trasera que proyecten luz roja.
  • Respetar las señales y normas de tránsito de la cicloinfraestructura y de las vías permitidas.
  • No transportar objetos que disminuyan la visibilidad, incomoden la conducción o constituyan un peligro para los demás actores en la vía.
  • No deben adelantar a otros vehículos por la derecha o entre vehículos que transiten por sus respectivos carriles. Siempre utilizarán el carril libre a la izquierda del vehículo a sobrepasar.