El Ministerio de Transporte publicó para comentarios de la ciudadanía el proyecto de resolución que establece, por primera vez en Colombia, reglas para la circulación de vehículos de micromovilidad y vehículos eléctricos livianos de uso personal urbano.
La iniciativa busca regular el uso de patinetas eléctricas, scooters, monociclos y bicicletas eléctricas, con el objetivo de promover una movilidad más sostenible, moderna y segura en las ciudades del país.
La propuesta fija requisitos mínimos de seguridad para este tipo de vehículos, entre ellos sistemas de frenos delantero y trasero, luces, elementos reflectivos, señal acústica, limitadores de velocidad y mecanismos de protección frente a manipulaciones técnicas. Además, contempla el uso obligatorio de casco certificado y chaleco reflectivo durante la noche.
El proyecto también plantea la creación de un sistema de identificación para los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) a través del RUNT, que permitirá registrar e individualizar estos medios de transporte mediante una placa visible con información técnica y un código único.
“Colombia necesitaba reglas claras frente a una realidad que ya está en las calles. Por eso hoy ponemos a consideración de la ciudadanía esta regulación que busca proteger la vida, ordenar la movilidad y avanzar hacia ciudades más sostenibles y seguras”, afirmó la ministra de Transporte, María Fernanda Rojas.
La iniciativa también establece límites de velocidad y condiciones específicas de circulación. Entre ellas, una velocidad máxima de 25 kilómetros por hora en espacios recreativos y deportivos, y de hasta 40 kilómetros por hora para bicicletas eléctricas autorizadas fuera del perímetro urbano.
“Queremos construir esta reglamentación escuchando a los ciudadanos, usuarios, autoridades locales y actores del sector. Esta publicación abre un espacio de participación para fortalecer una norma que responde a las nuevas dinámicas de movilidad urbana del país”, agregó la Ministra.
El documento fue elaborado bajo el enfoque de sistema seguro y en línea con el Plan Nacional de Seguridad Vial 2022-2031, incorporando referentes técnicos internacionales para fortalecer las condiciones de convivencia y seguridad en las vías.
El proyecto de resolución permanecerá abierto a comentarios y observaciones de la ciudadanía a través de los canales oficiales del Ministerio de Transporte.
Multas por mal uso
Estos son los aspectos que debe tener en cuenta para evitar multas al movilizarse en patineta eléctrica:
- El uso de este medio está limitado al transporte personal urbano.
- Está prohibida la circulación por la Red Vial Nacional, salvo en aquellos tramos que cuenten con cicloinfraestructura, siempre que esta no haya sido restringida expresamente por la autoridad competente.
- La velocidad máxima permitida es de 25 km/h en cicloinfraestructura y 40 km/h en vías permitidas.
- No se debe transitar por acera, andenes o lugares que son destinados a peatones.
- Llevar dispositivos en la parte delantera que proyecten luz blanca y en la parte trasera que proyecten luz roja.
- Respetar las señales y normas de tránsito de la cicloinfraestructura y de las vías permitidas.
- No transportar objetos que disminuyan la visibilidad, incomoden la conducción o constituyan un peligro para los demás actores en la vía.
- No deben adelantar a otros vehículos por la derecha o entre vehículos que transiten por sus respectivos carriles. Siempre utilizarán el carril libre a la izquierda del vehículo a sobrepasar.