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Ojo, lo pueden multar por estas conductas al usar patineta eléctrica o scooter si incumple las reglas

A través de la Ley 2486 de 2025, promulgada el 16 de julio, estos vehículos se integraron formalmente al Código Nacional de Tránsito en Colombia.

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  Según el Observatorio de Movilidad de Bogotá, en promedio se realizan 7.236 viajes diarios en patinetas eléctricas. Las localidades en las que más transitan son Chapinero, Usaquén y Suba.
Muchos usuarios de las patinetas eléctricas usan estos vehículos sin tener en cuenta la norma. | Foto: guillermo torres-semana

26 de feb de 2026, 08:22 p. m.

Actualizado el 26 de feb de 2026, 08:25 p. m.

Si usted tiene patineta eléctrica y se moviliza sin casco, sin luces y con más personas en el mismo vehículo, tenga cuidado porque se puede enfrentar a una multa económica, además de inmovilización.

Las conductas mencionadas son solo algunas de las que establece la norma de tránsito en Colombia para el uso de este medio de transporte, que ha ganado popularidad durante los últimos años.

Actualmente es común encontrarse en las vías principales y secundarias de las diferentes ciudades a personas que se transportan en estas patinetas, debido a los beneficios que genera su uso como la exención del pico y placa, la licencia de conducción y la reducción del tráfico.

Día sin carro
El uso del casos es una de las medidas fundamentales para movilizarse en patinetas eléctricas. | Foto: NICOLAS LINARES

Asimismo, a medida que avanzan los incentivos para impulsar la movilidad sostenible, medios como las patinetas eléctricas se hacen más asequibles para las personas. Sin embargo, muchos desconocen que deben cumplir con una serie de obligaciones para evitar ser sancionados.

Estos vehículos se integraron formalmente al Código Nacional de Tránsito, a través de la Ley 2486 de 2025, promulgada el 16 de julio; mediante este se definieron reglas claras, sanciones y responsabilidades que antes no existían.

Una de las directrices más importante tiene que ver con el uso del casco. Todo usuario de una patineta eléctrica debe llevar puesto un casco de seguridad que cumpla con las características definidas por el Ministerio de Transporte; el no hacerlo, además de la multa económica puede terminar en la inmovilización.

Y aunque se pensara que las prendas reflectivas son solo para los moteros, en el caso de las patinetas eléctricas se establece la prohibición de circular entre las 6:00 p.m. y las 6:00 a.m. sin portar prendas retrorreflectivas de identificación; si lo incumple puede caer en una infracción.

Para evitar multas por el uso inadecuado de estos vehículos, también debe tener en cuenta que la edad mínima para conducir son 16 años, y si tiene entre los 12 y 16 solo se puede circular en cicloinfraestructura.

Otra imagen que es común ver en las calles de las ciudades donde se mueven las patinetas eléctricas es que se transporta más de una persona; eso no se puede hacer, salvo que el vehículo esté diseñado para ello.

Día sin carro
El uso de patinetas eléctricas es exclusivo para transporte personal urbano. | Foto: NICOLAS LINARES

Otros aspectos que debe tener en cuenta para evitar multas al movilizarse en patineta eléctrica son:

  • El uso de este medio está limitado al transporte personal urbano.
  • Está prohibida la circulación por la Red Vial Nacional, salvo en aquellos tramos que cuenten con cicloinfraestructura, siempre que esta no haya sido restringida expresamente por la autoridad competente.
  • La velocidad máxima permitida es de 25 km/h en cicloinfraestructura y 40 km/h en vías permitidas.
  • No se debe transitar por acera, andenes o lugares que son destinados a peatones.
  • Llevar dispositivos en la parte delantera que proyecten luz blanca y en la parte trasera que proyecten luz roja.
  • Respetar las señales y normas de tránsito de la cicloinfraestructura y de las vías permitidas.
  • No transportar objetos que disminuyan la visibilidad, incomoden la conducción o constituyan un peligro para los demás actores en la vía.
  • No deben adelantar a otros vehículos por la derecha o entre vehículos que transiten por sus respectivos carriles. Siempre utilizarán el carril libre a la izquierda del vehículo a sobrepasar.

El incumplimiento de estas normas acarrea una multa de seis salarios mínimos legales diarios vigentes, que equivalen a $350.178.

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