Con el inicio de 2026, secretaría de Movilidad de Cali pondrá en marcha una nueva rotación del pico y placa para vehículos particulares, el cual regirán en los próximos días.

Para el viernes, 2 de enero de 2026, se planificó el último día de aplicación del pico y placa que rige en la actualidad. Es decir, que para ese día, los vehículos con placas 1 y 2, no podrán circular en las calles de la ciudad de 6:00 a. m. y las 7:00 p. m.

Rotación del pico y placa en Cali para el segundo semestre del 2025. | Foto: Foto: cortesía Alcaldía de Cali
Aplicación del nuevo calendario de pico y placa

De acuerdo con la Secretaría de Movilidad, la nueva rotación comenzará a regir desde el lunes, 5 de enero, pero la medida tendrá una etapa inicial de carácter pedagógico antes de la imposición de sanciones económicas.

El objetivo de esta medida es facilitar la movilidad de residentes y visitantes durante la temporada de vacaciones y el regreso paulatino a la actividad laboral y académica.

Calendario de pico y placa para el primer semestre del 2026.

Lunes: 1 y 2.

Martes: 3 y 4.

Miércoles: 5 y 6.

Jueves: 7 y 8.

Viernes: 9 y 0.

Así es la rotación del pico y placa para Cali durante el primer semestre 2026. | Foto: Alcaldía Cali

Entre el 5 y el 12 de enero, la medida será netamente instructiva y sin sanciones, permitiendo que los conductores se familiaricen con los cambios.

Fechas clave que deben tener en cuenta los conductores
  • 1 de enero: no aplica por ser día festivo.
  • 2 de enero: jornada instructiva, sin comparendos.
  • 3 y 4 de enero: no aplica por ser sábado y domingo.
  • Del 5 al 12 de enero: fase instructiva sin ningún tipo de sanción.
  • Desde el 13 de enero: inicia el pico y placa con aplicación de comparendos.

La restricción operará en el horario habitual, de 6:00 a. m. a 7:00 p. m., y aplicará únicamente para vehículos particulares, según lo establecido en el decreto vigente.

Cabe destacar que la medida no aplica para algunos automóviles, los cuales son:

  • Ambulancias y transporte de emergencia (Policía, Bomberos).
  • Vehículos que transportan personas con discapacidad (previamente autorizados por Secretaría de Movilidad).
  • Automóviles eléctricos e híbridos.
  • Vehículos de transporte público.
  • Vehículos de carga de cinco toneladas o más.
  • Motocicletas.
  • Automotores particulares con permiso especial mediante el pago de la tasa por congestión.

La excepción por tasa de congestión se puede solicitar en Secretaría de Movilidad de Cali, y así puede transitar por las calles de la ciudad sin restricción de pico y placa.

Para ello debe elegir el período de movilidad (diario, mensual y semestral) y realizar el pago establecido por la entidad.