Horario de rumba en Menga fue recortado: así quedará a partir de este fin de semana

Según el secretario de paz y convivencia de Yumbo, el objetivo es aumentar los índices y percepción de seguridad ciudadana en la zona de Menga.

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Extienden horario de rumba hasta las 4:00 de la mañana todos los días en Cali | Foto: Archivo de El País

26 de oct de 2018, 11:12 a. m.

Actualizado el 18 de abr de 2023, 09:14 p. m.

La Alcaldía de Yumbo socializó este viernes un decreto que modifica el horario de rumba en Menga a partir de este fin de semana.

Según la nueva normativa, los establecimientos dedicados al entretenimiento nocturno deberán cerrar a las 3:00 a.m.

Una reducción de dos horas y media, ya que las discotecas ubicadas en este sector venían operando hasta las 5:30 a.m.

Según el documento, firmado por el alcalde ese municipio, Carlos Bejarano, las actividades sociales a esa hora "pueden afectar la convivencia y el orden público".

A su vez el secretario de paz y convivencia ciudadana de Yumbo asegura en el decreto que el objetivo del recorte del horario es "aumentar los índices y la percepción de seguridad ciudadana especialmente en la zona de Menga", dice.

Explica que se debe a una consecuencia de la" implementación de programas, proyectos e incentivos para motivar el respeto a la vida, la integridad personal, el respeto a las norma de tránsito y el consumo responsable de bebidas alcohólicas".

"La medida se tomó por una serie de irregularidades entre las que se destacan microtráfico, conusmo de alcohol en vía pública y conducción en estado de embriaguez que alteran el orden público", explicó James Valdes, secretario de Gobierno de Yumbo. 

El decreto

El decreto detalla que el recorte del horario es para los establecimientos ubicados desde la quebrada Arroyohondo hasta la carrera 40, todos los días de la semana, desde las 10:00 a.m. hasta las 3:00 a.m. del día siguiente.

Los establecimientos ubicados en la zona urbana los días, lunes, martes y miércoles, desde las 10:00 a.m hasta las 12:00 a.m. del día siguiente;  los días jueves y domingo desde las 10:00 a.m hasta la 1:00 a.m. del día siguiente; los días vísperas de festivos desde las 10:00 a.m. hasta las 2:00 a.m. del día festivo; los viernes y sábados hasta las 3:00 a.m. del día siguiente.

Los establecimientos ubicados en zona rural, veredas y corregimientos, los días domingo, lunes, martes, miércoles y jueves, desde las 10:00 a.m. hasta las 12:00 a.m. del día siguiente, los días vísperas de festivos desde las 10:00 a.m. hasta la 1:00 a.m. del días festivo; los viernes y sábados desde las 10:00 a.m. hasta las 3:00 a.m. del día siguiente. 

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