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En diciembre pasado, la Corte Constitucional remiitó la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, al Congreso para que se surtieran los trámites pertinentes y posteriormente fuera sancionada por el presidente Iván Duque. | Foto: Colprensa / El País

¿Qué viene ahora para ley de la JEP tras objeciones del presidente Duque?

La ley estatutaria volverá al Congreso, donde será nuevamente debatida en las próximas semanas.

10 de marzo de 2019 Por: Colprensa

Aunque el plan nacional de desarrollo era hasta ahora el principal tema de discusión en el Congreso de la República, las objeciones presidenciales a la ley estatutaria de la JEP, se convirtió desde este domingo en el tema que generará mayor atención y profundas discusiones en las próximas semanas.

Las objeciones del presidente Iván Duque deben llegar esta misma semana al Congreso, en donde serán repartidas a cada plenaria, Senado y Cámara, en donde las mesas directivas tendrán que nombrar una comisión accidental, cada una. Lo ideal es que en estas comisiones estén los congresistas que fueron ponentes en su momento.

Cada comisión deberá entregar un informe a la plenaria recomendando a la misma si acoge o no las objeciones, y cada plenaria tendrá que votar de forma autónoma. Para que las objeciones sean rechazadas, se requiere mayoría absoluta en cada cámara.

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De ser acogidas las objeciones, es decir, sí se aceptan los reclamos de Duque, los cambios se discutirán en cada plenaria, más no irán nuevamente a discusión en comisiones. Una vez aprobado, el proyecto de Ley, se enviará al presidente para su firma.

Es posible también que una cámara apruebe las objeciones y otra las niegue. En ese caso, las objeciones quedarán negadas y la Ley se le enviará al presidente sin modificaciones para que la firme.

En este último escenario, el primer mandatario tendría una última opción: negarse a firmar la Ley, caso en el cual la norma tendría que ser sancionada por el presidente del Congreso, que actualmente es el miembro del Centro Democrático Ernesto Macías.

Aunque no es común que esto pase, ya se han dado algunas situaciones así. Por ejemplo la ley del Plan Nacional de Desarrollo del gobierno de Andrés Pastrana no fue firmado por el jefe del Estado, sino por la entonces presidente del Congreso Nancy Patricia Gutiérrez.

Más recientemente, la ley de honores a la memoria del periodista Enrique Santos Castillo fue sancionada por el presidente del Senado, Mauricio Lizcano, debido a que el presidente Juan Manuel Santos se declaró impedido de hacerlo por ser su papá.

También es claro que la discusión de las objeciones, sí las hay, se deberá dar en sesiones ordinarias, es decir, tendrá que esperar hasta después del 16 marzo, cuando cada mesa directiva designe la comisión accidental que las estudie y de su recomendación.

Eso significa que la discusión de las objeciones solo se dará después de abril, y coincidirá con el trámite del plan de desarrollo, que es de mayor urgencia, pues el Congreso solo tiene un plazo de tres meses para aprobarlo.

Las objeciones tendrán una amplia discusión, por lo que no sería extraño que la discusión llegue por lo menos hasta junio cuando terminan las sesiones ordinarias. Durante todo este tiempo la Ley Estatutaria no tendría efectos, pues solo entrará en vigencia después de que sea sancionada por el presidente.

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