Colombia
Magistrado Jorge Enrique Ibáñez solicita suspender provisionalmente decreto de emergencia económica
La petición de Ibáñez se suma a otras provenientes de distintos sectores y figuras políticas.
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21 de ene de 2026, 05:52 p. m.
Actualizado el 21 de ene de 2026, 05:52 p. m.
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El magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar de la Corte Constitucional pidió formalmente que se suspenda de manera provisional el Decreto 1390 de 2025, mediante el cual el Gobierno del presidente Gustavo Petro declaró estado de emergencia económica, mientras la Sala Plena del alto tribunal define su constitucionalidad de fondo.
La solicitud, radicada por Ibáñez, se sustenta en que la medida excepcional de emergencia económica fue adoptada tras el hundimiento de la reforma tributaria en el Congreso y ha generado profundas divisiones jurídicas y políticas en el país.

El magistrado plantea que, ante la incertidumbre sobre si la declaratoria cumple con los requisitos constitucionales, lo prudente es frenar temporalmente los efectos del decreto hasta que la Corte determine su validez final.
Distintos sectores, incluyendo gremios empresariales, políticos opositores y exfuncionarios, han elevado solicitudes similares ante el alto tribunal. Por ejemplo, el Consejo Gremial Nacional presentó una petición formal para que se suspenda provisionalmente la emergencia económica, advirtiendo riesgos para el orden constitucional y la separación de poderes si la norma continúa vigente mientras se tramita su revisión.
Asimismo, el exviceministro de Hacienda Juan Alberto Londoño Martínez solicitó la suspensión provisional del decreto, argumentando vicios formales e inconstitucionalidades que comprometen su legitimidad.
Los críticos del decreto señalan que los problemas fiscales que motivaron la declaratoria, como el déficit del sistema de salud o la falta de aprobación de un proyecto de financiamiento en el Congreso, corresponden a dificultades estructurales y previsibles, no a hechos extraordinarios e imprevisibles que justifiquen acudir a un estado de excepción, según el artículo 215 de la Constitución.
Por su parte, el Presidente de la Corte Constitucional ha adelantado que la Sala Plena está valorando si procede decretar una medida cautelar o de suspensión provisional del decreto de emergencia económica, lo cual podría ocurrir en los próximos días mientras se avanza hacia una decisión de fondo en febrero.

Por su parte, el Gobierno argumenta que la emergencia económica es necesaria para atender el complicado panorama fiscal, garantizar la continuidad del gasto social y cumplir con obligaciones del Estado.
Sin embargo, sectores de oposición han insistido en que la medida constituye un uso excesivo de facultades extraordinarias del Ejecutivo, y que su prolongada aplicación sin control político podría vulnerar principios constitucionales como la separación de poderes y el debido proceso legislativo.
Si la Corte accede a la petición de suspensión provisional, los efectos inmediatos del decreto, incluidos nuevos impuestos y otras medidas fiscales dictadas bajo el estado de emergencia, podrían quedar temporalmente congelados mientras continúa la revisión judicial.
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