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Polémico asilo

Coincidencia: hace sesenta años, el 20 de noviembre de 1950, la Corte...

28 de noviembre de 2010 Por: Rafael Nieto Loaiza

Coincidencia: hace sesenta años, el 20 de noviembre de 1950, la Corte Internacional de Justicia fallaba el caso presentado por Perú y Colombia en relación con el asilo concedido a Víctor Raúl Haya de la Torre, fundador del APRA, refugiado en nuestra embajada en Lima. Quienes han saltado prestos a señalar que el asilo no puede concederse por delitos comunes, olvidan que, con pocas excepciones, a quienes buscan asilo se les acusa de delitos de este tipo. Perú, por ejemplo, sostenía que Haya de la Torre era un “delincuente común”. El presidente de Globovisión, perseguido a muerte por el Teniente Coronel de al lado, también es acusado por infracciones de este tipo. Y para no ir mas lejos, Costa Rica asiló a Álvaro Leiva Durán, entonces investigado por delitos relacionados con narcotráfico. El punto: la naturaleza del crimen por el cual se persigue a una persona no dice nada sobre si debe o no concedérsele asilo. Que a la ex directora del DAS se le acuse de delitos comunes no es pues un argumento para atacar el asilo concedido por Panamá, estado que, por cierto, tiene una larga tradición de ofrecer protección a las figuras más controversiales. El pintoresco Abdalá Bucaram, el dictador haitiano Raoul Cedras, el guatemalteco Jorge Serrano Elías o, más atrás, Juan Domingo Perón o chilenos perseguidos por Pinochet, para no hablar de los africanos, asiáticos y europeos, también se han beneficiado del asilo panameño. Hurtado es una más y ciertamente no la más importante o polémica. Se ha dicho también que la seguridad de Hurtado estaba garantizada en Colombia y que, en consecuencia, el asilo no cabía. Concuerdo en que el Estado colombiano está hoy en condiciones de proteger a la inmensa mayoría de sus ciudadanos, pero ciertamente no de todos, lo que explica que centenares de colombianos, alegando riesgo para su vida, integridad física o libertad, aun se acojan a la figura de refugio en Canadá, Ecuador o Estados Unidos, por ejemplo, sin que aquí nadie ponga el grito en el cielo. El punto: Hurtado no es la primera ni será la última en señalar que está en peligro, Panamá no es el primer gobierno que asila o da refugio a colombianos que alegan semejante riesgo, y en la inmensa mayoría de casos previos los columnistas y el Gobierno, ahora indignados, han pasado de agache.Que la solicitud de asilo pone en entredicho la imparcialidad y la legitimidad de la justicia colombiana y que aquí hay garantías procesales, se ha sostenido como argumento contra el asilo concedido. En general, estoy de acuerdo con la tesis central de que en Colombia hay debido proceso y derecho a la defensa para los investigados. Pero no para todos. El proceso de Plazas Vega, por ejemplo, se asemeja más a una persecución que a un juicio y está plagado de vicios de enorme gravedad. Y en el caso de Hurtado hay elementos que permiten pensar razonablemente que no había garantías para ella. Las declaraciones del presidente encargado de la Corte Suprema, juez de única instancia de Hurtado, sosteniendo que el gobierno de Uribe era una “empresa criminal”, que “ni siquiera a un mentecato se le ocurre que pueda infiltrar a la Corte y salir impune”, y que Hurtado es una “victimaria”, demuestra que al menos ella, ex funcionaria de Uribe, acusada de la infiltración y tachada de criminal por el magistrado Arrubla, estaba condenada de antemano. Por declaraciones mucho menos graves de un funcionario del Ejecutivo (¡ahora es el juez!) la Corte Europea de Derechos Humanos negó la extradición del bandido de Yair Klein.

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