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Sentencia tributaria de muerte

Siempre he sido de la tesis de no gravar a los socios por los dividendos, pero si se insiste en ello, el impuesto de renta (e ICA) combinado sociedad-socio no debería superar el 40%,...

19 de agosto de 2022 Por:

Finalmente conocimos el texto de la reforma tributaria, que es ‘menos drástica’ de lo que se esperaba. No obstante, el texto genera muchas reservas y preocupaciones, particularmente por lo que implica para las inversiones y el ahorro y la creación, acumulación y generación de riqueza, empresa y empleo.

Lo más grave e inconveniente de la mencionada reforma, en estos aspectos, son los impuestos a los dividendos y al patrimonio. Parece que conscientemente se pretende destruir a la empresa y al empleo a través de impuestos confiscatorios sociedad-socio, como si la consigna fuera castigar adrede la generación de riqueza, es decir, matar a la gallina, recaudando hoy sin importar lo que se recaudará mañana.

Una sociedad no es más que una ficción legal. Es un ente con personería jurídica propia, que surge por la voluntad del socio o socios que la incorporan, y sirve para aglutinar capital y esfuerzos en un ambiente de gobernanza regulado por la ley y los estatutos. Su patrimonio, compuesto por los aportes iniciales y subsecuentes, así como las ganancias y valorizaciones acumuladas, aun cuando separado y distinto al de los socios desde el punto de vista jurídico, es el mismo desde el punto de vista económico.

Igualmente, cuando se reparten dividendos, estos se toman de las utilidades generadas por la sociedad. Por ello, un impuesto de renta del 35% a las sociedades y después uno de renta con tarifas incrementales a los socios de hasta el 39% no es más que un disparate. Con la tesis de que los socios generan una riqueza gravable por los dividendos y las sociedades otra por las utilidades, sumado a las absurdas tarifas, el Gobierno está dictando una sentencia de muerte a las sociedades.

¿Para qué las sociedades en ese ambiente tóxico tributario? Pues tal vez, lo que se quiere es contar con más comerciantes personas naturales o fomentar el uso de figuras como la fiducia mercantil para evitar la doble tributación o, simplemente, más informalidad al no contar con las sociedades que son los instrumentos más idóneos y necesarios para la formalización y el desarrollo del país.

Con este impuesto de renta sociedad-socio confiscatorio se crearía un escenario inadecuado para la generación de empresa y empleo, conforme a que es con las sociedades que se generan grandes sinergias en las inversiones y el ahorro y la creación, acumulación y generación de riqueza, empresa y empleo de calidad.

Y si a este obscurantismo tributario, le sumamos el impuesto al patrimonio, sin olvidar el arcaico ICA a los dividendos y otros rubros no descontables de la renta, la sentencia de muerte a las sociedades se promulga de manera exitosa. Siempre he sido de la tesis de no gravar a los socios por los dividendos, pero si se insiste en ello, el impuesto de renta (e ICA) combinado sociedad-socio no debería superar el 40%, fomentando siempre la reinversión de las utilidades y sin cascada de impuestos en las inversiones y estructuras societarias.

Para generar más empresa y empleo, el Gobierno debe dar marcha atrás a estas inconvenientes propuestas de gravar a la sociedad-socio con tarifas confiscatorias y a los patrimonios que con tantas dificultades y esfuerzo se han logrado conseguir.

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