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Según las pruebas recabadas, Merchán Prieto estaba en sus capacidades intelectivas y que tenía pleno conocimiento de los hechos que realizaba y, por ende, era consciente de la ilicitud de la conducta. | Foto: Foto: Colprensa

POLICIA NACIONAL

Destituyen e inhabilitan al capitán de la Policía que habría abusado de teniente Kelly Sierra

La Procuraduría determinó que Eduardo Merchán Prieto es culpable del delito de acceso carnal violento denunciado por la teniente en noviembre de 2018.

16 de julio de 2019 Por: Colprensa

Eduardo Andrés Merchán Prieto, capitán de la Policía, fue encontrado culpable del delito de acceso carnal violento en contra de Kelly Sierra, teniente de la misma institución, en hechos ocurridos en Valledupar el 24 de noviembre del 2018, según la Procuraduría General.

La audiencia de lectura de fallo tuvo lugar en la tarde de este lunes en la sede del Ministerio Público en el que se escuchó el relato de los hechos que fueron considerados por el ente disciplinario como una falta gravísima.

El Ministerio Público consideró que las pruebas recaudadas determinaron que el oficial, comandante de Policía en Curumaní para la fecha de los hechos, obligó a la teniente a tener una relación íntima, la cual no fue consentida y por el contrario se trató de una violación.

En la lectura del fallo la delegada para la Fuerza Pública y la Policía, Carmen Restrepo, dijo que a la víctima, de acuerdo con el informe de medicina forense, le fueron documentadas 15 lesiones en sus extremidades superiores e inferiores que fueron ocasionadas con mecanismo contundente y son producto de un forcejeo.

"La relación sexual sostenida con el capitán Eduardo Merchán Prieto, en la mañana del 24 de noviembre de 2018 en la habitación número 5 del casino de oficiales del Departamento de Policía del Cesar, no fue consentida por la víctima, sino que se trató de un acceso carnal violento”, relató la delegada.

Lea además: El relato de la teniente Kelly Sierra que denunció haber sido abusada por un capitán

Para el Ministerio Público, Merchán tenía el deber, no solo como superior sino como servidor público, de proteger a su subalterna antes de mancillar su honor e integridad sexual. Más aún cuando se encontraban en unas instalaciones oficiales de la entidad que ambos representan.

“Es un comportamiento ajeno contrario a la misión constitucional constituye una evidente ilicitud”, añadió la funcionaria de la Procuraduría quien dijo que la versión de Merchán sobre la pérdida de conciencia durante la comisión del delito “constituye una estrategia para justificar sus actos ante sus superiores”.

Según las pruebas recabadas, estaba en sus capacidades intelectivas y que tenía pleno conocimiento de los hechos que realizaba y, por ende, era consciente de la ilicitud de la conducta.

Al final de la lectura del fallo, tras una audiencia que tardó unas siete horas, la defensa de Merchán apeló el fallo y se citó ara una próxima diligencia para el 18 de julio en la que se expondrá el recurso del abogado.

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