Judicial
Corte Suprema confirma condena contra abogado por amenazas en redes sociales a Daniel Samper y otros dos periodistas
La Corte Suprema de Justicia dejó en firme la condena contra el abogado Ariel Ortega Martínez por amenazas agravadas publicadas en redes sociales contra los periodistas.
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8 de sept de 2026, 08:06 p. m.
Actualizado el 8 de sept de 2026, 08:06 p. m.
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La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó la condena contra el abogado Ariel Ortega Martínez por el delito de amenazas agravado, tras concluir que varias publicaciones realizadas en redes sociales contra periodistas y un caricaturista tuvieron un contenido intimidatorio y podían generar temor entre sus destinatarios.
El proceso se relaciona con una serie de mensajes publicados por Ortega Martínez en la plataforma X durante 2017 y 2018. Entre las personas señaladas estuvieron el periodista Daniel Samper Ospina, la periodista María Antonia García de la Torre y el caricaturista Julio César González Quiceno, conocido como ‘Matador’.
Uno de los episodios analizados por la justicia ocurrió en 2017, cuando el abogado difundió mensajes contra García de la Torre. En ellos hizo referencias al exjefe paramilitar Carlos Castaño y utilizó expresiones en las que incluso llamó a sus seguidores a tomar medidas violentas contra la periodista.

Ese mismo año, Ortega Martínez publicó mensajes dirigidos a Daniel Samper Ospina. En sus publicaciones cuestionó al periodista mediante diferentes calificativos y aseguró que se necesitaban nuevamente grupos paramilitares como las AUC para “calmarlo”, haciendo alusión a la violencia como mecanismo para intimidarlo.
Un año después, el abogado dirigió sus publicaciones contra ‘Matador’. En este caso, lo calificó de manera ofensiva y señaló que hacía falta Carlos Castaño para matarlo. Esta expresión también fue tenida en cuenta dentro del conjunto de hechos que sustentaron la condena.

Para la Corte Suprema, el alcance de estos mensajes iba más allá de una opinión o una crítica, pues por su contenido y contexto tenían la capacidad de producir alarma y zozobra. Por esa razón, los magistrados determinaron que se configuró el delito de amenazas agravado.
La decisión mantiene una pena de 76 meses de prisión, junto con la inhabilitación para ejercer derechos y funciones públicas durante el mismo periodo. Además, Ortega Martínez deberá pagar una multa de 29,77 salarios mínimos legales mensuales vigentes, equivalente a más de 52 millones de pesos.
El fallo también establece que no procede la suspensión condicional de la pena, aunque se mantiene el beneficio de prisión domiciliaria. Por ello, el condenado deberá permanecer en el inmueble autorizado para cumplir la sanción.
Con esta determinación, la Corte dejó en firme la sentencia condenatoria emitida en octubre de 2021 y cerró el debate judicial sobre la responsabilidad penal del abogado por las amenazas difundidas a través de redes sociales.
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