VALLE

Corte falló a favor de comunidad indígena que fue desalojada forzadamente en Yumbo, Valle

La Corte Constitucional amparó el derecho a la vivienda digna de la comunidad indígena Nasa Sek Ukwe en el municipio de Yumbo, Valle del Cauca al determinar que fueron desalojados sin el cumplimiento de la jurisprudencia constitucional.

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Minga Indígena inicia el retorno hacia su territorio. | Foto: Cortesía Alcaldía de Cali

23 de dic de 2022, 12:36 p. m.

Actualizado el 29 de dic de 2024, 11:54 p. m.

La Corte Constitucional falló a favor una tutela que presentaron los representantes de la comunidad indígena del Pueblo Nasa Sek Ukwe en contra del municipio de Yumbo, Valle del Cauca, a la Dirección de Asuntos Étnicos del Ministerio del Interior, la Unidad de Víctimas, la Unidad de Restitución de Tierras, la Agencia Nacional de Tierras y la Fuerza Pública.

La decisión considera que las autoridades mencionadas vulneraron sus derechos fundamentales, debido a que algunos de sus integrantes fueron desalojados de un predio que ocupaban de forma forzada, sin el cumplimiento de los requisitos jurisprudenciales.

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En ese sentido, se incumplió el debido proceso estricto durante la diligencia de desalojo, ya que no se llevó a cabo una identificación y caracterización de los ocupantes que fueron desalojados en los términos que exige la ley, lo que impidió a la entidad territorial otorgar medidas alternativas de protección a la vivienda de los accionantes.

Por esta razón, el Alto Tribunal le ordenó a la Unidad de Víctimas y al municipio de Yumbo, realizar la debida caracterización de todos los núcleos familiares que fueron desalojados del predio en estudio.

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Igualmente, el municipio debe brindar un albergue temporal a las familias de la comunidad desalojada, cuya calificación de carencias arroje necesidades sustanciales en materia de alojamiento.

Finalmente, la Defensoría del Pueblo y la Personería Municipal de Yumbo deberán brindar un acompañamiento y la respectiva asistencia jurídica a la comunidad indígena y a las familias que fueron desalojadas; por último, se solicitó a la parte accionante abstenerse de incurrir en actos de ocupación irregular de predios.

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