Judicial

Caso 12 Apóstoles: Procuraduría pide a la Corte Suprema de Justicia modificar condena de segunda instancia contra Santiago Uribe

El hermano del expresidente Álvaro Uribe se encuentra condenado a 28 años de cárcel por los delitos de homicidio agravado, formación de grupos paramilitares, concierto para delinquir y acumulación de delitos de lesa humanidad.

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Santiago Uribe, hermano del expresidente Álvaro Uribe, fue absuelto en primera instancia, pero el Tribunal revocó la decisión y lo condenó a 28 años de cárcel. La pena fue impugnada por la defensa.
Santiago Uribe, hermano del expresidente Álvaro Uribe, fue absuelto en primera instancia, pero en segunda instancia fue revocada la decisión con una condena a 28 años de cárcel. La pena fue impugnada por la defensa. | Foto: LEÓN DARÍO PELÁEZ-SEMANA

18 de mar de 2026, 07:54 p. m.

Actualizado el 18 de mar de 2026, 07:54 p. m.

La Procuraduría General de la Nación, a través de un documento de 89 páginas, ha emitido su concepto sobre el proceso judicial contra Santiago Uribe Vélez, hermano del expresidente Álvaro Uribe Vélez, quien en segunda instancia fue condenado a 28 años de cárcel por homicidio agravado, formación de grupos paramilitares, concierto para delinquir y acumulación de delitos de lesa humanidad.

Según lo revelado por la emisora Blu Radio, el Ministerio Público solicita a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia que en su fallo de impugnación especial ratifique la condena por el delito de concierto para delinquir en el proceso en que se le ha acusado de conformar el grupo paramilitar Los 12 Apóstoles.

Sin embargo, la Procuraduría pidió simultáneamente la absolución por el delito de homicidio agravado porque, a juicio del procurador delegado, existen dudas sobre la responsabilidad del procesado en el homicidio del conductor de bus de transporte público Camilo Barrientos Durán, hechos que sucedieron en 1994.

Procuraduría General de la Nación
Para la Procuraduría, el caso judicial se ha centrado en distinguir entre autores y partícipes y, por lo tanto, este aspecto ha sido ignorado en el fallo de segunda instancia del Tribunal Superior de Antioquia. | Foto: Colprensa

“En consecuencia, aun aceptando la participación de Santiago Uribe en la estructura criminal, no resulta jurídicamente viable atribuirle responsabilidad penal por este hecho concreto, ya que no ejerció control efectivo sobre la conducta de los autores materiales ni realizó aporte alguno en la producción del resultado”, argumentó la Procuraduría.

Para el Ministerio Público, el caso judicial se ha centrado en distinguir entre autores y partícipes y, por lo tanto, este aspecto ha sido ignorado en el fallo de segunda instancia del Tribunal Superior de Antioquia.

Álvaro Uribe y Santiago Uribe.
Álvaro Uribe y Santiago Uribe. | Foto: Julia Correa / SEMANA

Además, determinó que hay dos hipótesis alternas y plausibles sobre la autoría del hecho: una de la Fiscalía y otra por la defensa de Uribe Vélez. Estas ya han sido sometidas a valoración racional tanto por el juez primero penal del Circuito Especializado de Antioquia en primera instancia como por los magistrados del Tribunal Superior de Antioquia en segunda instancia.

De otro lado, el ente de control destaca que solo quienes tuvieron control directo sobre el asesinato de Barrientos Durán fueron el teniente Juan Carlos Meneces y el agente Alexander de Jesús Amaya, ambos antiguos miembros de la Policía Nacional. Esto sería un dominio de hecho en términos jurídicos.

Considera el Ministerio Público que no asiste razón a los impugnantes para deprecar la revocatoria de la sentencia por el delito de concierto para delinquir, por lo que se solicita se confirme en su integridad. De otra parte, solicitamos revocar la sentencia por el delito de homicidio agravado y, en su lugar, absolver al procesado”, concluye la Procuraduría en el documento de su concepto enviado al alto tribunal.

Comunicador social, periodista, y especialista en Escritura Creativa en Nuevos Medios de la Universidad Autónoma de Occidente. Periodista web de El País desde el 2023. Experiencia en periodismo escrito con énfasis en política y conflicto armado, en fotografía y edición de productos sonoros.

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