Elecciones
Si va a votar en las elecciones presidenciales, consulte su mesa con anterioridad y evite contratiempos; así puede hacerlo
La Registraduría invita a toda la ciudadanía colombiana a verificar con anterioridad el puesto, la dirección y la mesa de votación donde ejercerán su derecho al voto en la jornada de este domingo.
Siga a EL PAÍS en Google Discover y no se pierda las últimas noticias

30 de may de 2026, 02:38 p. m.
Actualizado el 30 de may de 2026, 02:38 p. m.
A falta de menos de un día para la apertura de las urnas de la primera vuelta presidencial en Colombia, la Registraduría Nacional del Estado Civil invita a toda la ciudadanía colombiana a verificar con anterioridad el puesto, la dirección y la mesa de votación donde ejercerá su derecho al voto en la jornada de este domingo 31 de mayo.
La autoridad electoral destaca que esta consulta se puede hacer en el chatbot institucional, la aplicación ‘aVotar’, la cual se puede descargar de manera gratuita en Google Play y App Store. También puede ser consultado por medio del sitio web de la Registraduría, haciendo clic en la opción ‘Consulta lugar de votación’.
La Registraduría advierte que el pasado 31 de marzo llegó a su fin el periodo de inscripción de ciudadanos para cambiar su lugar de votación de cara a estas elecciones presidenciales. Por lo tanto, desde el 30 de abril, esta actualización ha podido verse reflejada en el portal web de la entidad.

Además, el censo electoral ha estado disponible de manera permanente en el sitio digital con sus respectivas actualizaciones, con el propósito de que la ciudadanía verifique cualquier novedad, de conformidad con el artículo 8 de la Ley 6 de 1990.
De otro lado, es importante mencionar que aquellas cédulas que fueron tramitadas por primera vez hasta el 31 de enero de 2026 ingresaron automáticamente al censo electoral, razón por la cual estarán en su derecho para ejercer su voto este domingo.

Al mismo tiempo, advirtió que los miembros de las Fuerzas Armadas no están habilitados para votar mientras están sirviendo al país. Únicamente lo pueden hacer quienes gozan de buen retiro.
“Si es miembro activo de la Fuerza Pública, recuerde que no se encuentra habilitado para votar (artículo 86 del Código Electoral). El 28 de febrero de 2026 venció el plazo para que los comandantes de las Fuerzas Armadas y de Policía remitieran a la Registraduría el listado de las cédulas de los oficiales, suboficiales y miembros de las distintas armas en servicio activo y en uso de buen retiro”, afirmó la Registraduría en un comunicado.
En cuanto a las personas que hayan sido inhabilitadas en sus derechos políticos por sentencias condenatorias u otras novedades en el estado de vigencia de su cédula, no están incluidas en el censo electoral para las elecciones presidenciales.
Así las cosas, la Registraduría concluye recomendando llegar temprano a los puestos de votación para ejercer el derecho al voto sin contratiempos.
Comunicador social, periodista, y especialista en Escritura Creativa en Nuevos Medios de la Universidad Autónoma de Occidente. Periodista web de El País desde el 2023. Experiencia en periodismo escrito con énfasis en política y conflicto armado, en fotografía y edición de productos sonoros.
6024455000







