Elecciones
Reposición de votos: Congresista más votado reveló millonaria cifra de cuánto gana por voto
De acuerdo con lo establecido por el Consejo Nacional Electoral, cada voto válido para Senado y Cámara se paga a $8433.
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14 de mar de 2026, 08:17 p. m.
Actualizado el 14 de mar de 2026, 08:17 p. m.
La reposición de votos volvió a ser protagonista tras las elecciones legislativas del pasado 8 de marzo, no solo por el impacto que tiene en la financiación de las campañas, sino también por las cifras que empiezan a revelarse públicamente.
El congresista más votado de la jornada pasada fue, Daniel Briceño del Centro Democrático, quien obtuvo más de 262.000 sufragios, compartió en su cuenta de X un cálculo aproximado de lo que significaría para él la reposición de votos, un mecanismo que el Estado otorga a candidatos y partidos como reembolso parcial de los gastos de campaña.
De acuerdo con lo establecido por el Consejo Nacional Electoral, cada voto válido para Senado y Cámara se paga a $8433, mientras que en las consultas interpartidistas el valor quedó en $8287. siendo lo establecido por la entidad de control.
Sobre mi reposición de votos:
— Daniel F. Briceño (@Danielbricen) March 11, 2026
Obtuve 262.104 votos a la Cámara de Representantes.
Se reconocen $8.433 por cada voto
La reposición sería de: $2.210.323.032
En realidad me gasté $410.000.00 aprox.
Le ahorramos a Colombia: $1.800.323.032
Solo se pedirá lo realmente gastado.
“El valor de reposición por voto válido obtenido por cada candidato o lista será incrementado anualmente por el Consejo Nacional Electoral teniendo en cuenta los costos reales de las campañas en cada circunscripción. Para efectos del cumplimiento de esta disposición, el Consejo Nacional Electoral con el apoyo del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, deberá realizar periódicamente los estudios que correspondan” precisó el CNE.
Esto implica que Briceño, con su caudal electoral, recibiría una cifra cercana a los $2200 millones, siempre y cuando cumpla con los requisitos legales, entre ellos la presentación del informe detallado de ingresos y gastos en el portal ‘Cuentas Claras’.
Asimismo, la reposición de votos está regulada por la Ley 1475 de 2011, que fija un umbral mínimo para acceder a este beneficio: 4% de la votación válida en el caso de elecciones legislativas y 3% en las presidenciales.

“Quien no consiga este porcentaje mínimo, no tendrá derecho a la financiación estatal de la campaña por el sistema de reposición de votos, y deberá devolver el monto de la financiación estatal previa en su totalidad”, explicó la entidad.
Además de que el objetivo es poder garantizar que los recursos públicos se destinen a campañas con respaldo ciudadano significativo y que los partidos puedan sostener su actividad política sin depender exclusivamente de aportes privados.
Dentro de ese contexto, este mecanismo se convierte en un alivio financiero para quienes logran superar el umbral, pero también en un incentivo para que los candidatos organicen sus cuentas con rigor, pues sin el reporte oficial de gastos no hay desembolso por parte del Consejo Nacional Electoral en Colombia.

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