Economía

Se podría pensionar más fácil gracias a su pareja: esto dice la ley colombiana

Miles de parejas en Colombia podrían estar más cerca de recibir su pensión.

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De los 6,56 millones de adultos mayores que habría hoy en el país solo se han pensionado 2,35 millones. | Foto: Guillermo Torres

19 de may de 2026, 06:14 p. m.

Actualizado el 19 de may de 2026, 06:23 p. m.

Son miles los trabajadores que se acercan a una edad en la que la obtención de la pensión es una realidad más palpable y, sin embargo, ven con preocupación que, en muchas ocasiones, no cumplen con el total de las semanas exigidas por la ley.

Ante la imposibilidad de contar con este beneficio, existe una alternativa para que su sueño de pensionarse pueda convertirse en una realidad. Esto se logra a través de la denominada Pensión Familiar, una figura jurídica que permite a los cónyuges o compañeros permanentes sumar sus semanas de cotización para exigir un único reconocimiento pensional conjunto.

En Colombia hay un poco más de 2 millones de personas pensionadas. Foto: creada por Gemini AI.
Muchos no alcanzan las semanas cotizadas para alcanzar el beneficio. | Foto: El País

Este trámite se realiza directamente ante la Administradora de Fondos de Pensiones a la que se encuentren afiliados, un proceso que no implica costos financieros y que se puede gestionar de forma directa, sin necesidad de contratar a un abogado.

Para acceder a esta modalidad pensional, que se encuentra respaldada normativamente por la Ley 1580 de 2012, el Decreto 288 de 2014 y la Ley 100 de 1993, ambos ciudadanos deben recopilar y presentar una documentación específica para que la administradora de pensiones valide el vínculo y la viabilidad del beneficio. Entre ellos están:

  • Documentos de identidad vigentes de ambos solicitantes.
  • Formato oficial de Solicitud de Pensión Familiar debidamente diligenciado.
  • Copia del registro civil de matrimonio o, de no tenerlo, la declaración de la unión marital de hecho tramitada ante una notaría pública, que no tenga una fecha de expedición mayor a tres meses.
  • Manifestación escrita por parte de terceros (también conocidos como testigos) donde conste de manera clara la convivencia y las fechas exactas en las que la pareja ha compartido techo.
  • Declaración jurada de No Pensión, en la que ambos ciudadanos certifiquen que no reciben de forma individual ninguna otra pensión ni beneficios económicos por parte del Estado.
  • Formato de imposibilidad para continuar cotizando, que consta de un documentos donde cada uno manifiesta formalmente que no cuenta con los medios o la condición para seguir aportando al sistema de seguridad social.
Trabajadores esperan el pago de la prima de diciembre. Empresas tienen plazo hasta el 20 de diciembre para cancelarla.
Colprensa/Mauricio Alvarado
El beneficio entrega una suma mensual a quienes acceden a él. | Foto: COLPRENSA

Una vez se cuente con estos documentos, la administradora procederá a validar que la suma de los esfuerzos individuales complete el requisito global de semanas exigido por la ley. Si todo está en orden, la entidad expedirá una resolución formal reconociendo el beneficio de la Pensión Familiar en su favor.

Sin embargo, en caso de que se niegue el beneficio, los solicitantes podrán reclamar, para lo cual deben dirigirse a directamente a la misma entidad para presentar de forma oral o escrita su inconformidad y solicitar la revisión del caso.

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