Economía

Nueva reforma laboral: ¿Cómo aplicarán los descansos de Navidad y fin de año? Tome nota

Los beneficios para los trabajadores serán mayores a partir del 1 de diciembre.

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Horarios y pagos de recargos cambiarán para Navidad y Año Nuevo.
Horarios y pagos de recargos cambiarán para Navidad y Año Nuevo. | Foto: 123 Rf

23 de oct de 2025, 01:10 p. m.

Actualizado el 23 de oct de 2025, 01:11 p. m.

Como es costumbre, los días de Navidad y Año Nuevo son de descanso, pero este año tendrán un cambio significativo debido a lo que quedó estipulado en la reforma laboral, que empezó a regir desde el pasado mes de junio.

Dichos cambios no solo tendrán transformaciones en el horario, sino en los pagos del recargo correspondiente. Por ejemplo, a partir del 26 de diciembre, los trabajadores deberán recibir el pago del recargo nocturno a partir de las 7:00 p.m.

Otros cambios importantes reflejados en la reforma están en los horarios de trabajo, los recargos de dominicales y festivos, así como las condiciones de contratación.

Vale la pena aclarar que la implementación de esta iniciativa se hará de forma gradual. Así es como el recargo por trabajo en domingos y festivos llegará al 100 % en 2027. Pero desde el 1 de julio de 2025, se comenzó a pagar el 80 %.

Quienes trabajen el 26 de diciembre recibirán pago de recargo nocturno a partir de las 7:00 p.m.
Quienes trabajen el 26 de diciembre recibirán pago de recargo nocturno a partir de las 7:00 p.m. | Foto: 123 Rf

En 2026, el recargo se incrementará al 90 % y al año siguiente el pago será total, es decir 100 %.

Actualmente, la jornada diurna es de 6:00 a.m. a 9:00 p.m., pero esto cambiará a partir del 25 de diciembre de 2025.

Desde esa fecha, el recargo nocturno aplicará desde las 7:00 p.m. hasta las 6:00 a.m., lo que representa una ampliación del periodo considerado como trabajo nocturno.

Este recargo seguirá siendo del 35 % sobre el valor de la hora ordinaria. Para calcularlo, se multiplica el valor de la hora trabajada por0.35.

De otro lado, la nueva ley también reordenó las horas extra. Según el artículo 13, los empleadores deberán llevar un registro detallado, sobre las horas laboradas del trabajador, en el que consten, la cantidad de horas, y si fueron diurnas o nocturnas. El tope máximo de horas extra será de dos horas por día y 12 a la semana, sin distinción entre trabajo diurno o nocturno.

Asimismo, la jornada laboral también se ajustó, y empezó a regir desde el pasado 16 de julio, con un ajuste en el total de horas laboradas por semana, en la que se pasó de 46 a 44 horas.

La reforma igualmente permite que esas horas puedan distribuirse entre 4 y 6 días, siempre y cuando exista un acuerdo entre empleador y trabajador.

Los cambios en el pago del recargo nocturno nutrirán el bolsillo de los trabajadores.
Los cambios en el pago del recargo nocturno nutrirán el bolsillo de los trabajadores. | Foto: 123 Rf

Cambio en los contratos

La reforma laboral incluyó en sus cambios la regularización de los contratos a término fijo. Así es como a partir de que se puso en marcha esa normativa, las compañías no podrán mantener a un trabajador bajo esta modalidad por más de cuatro años.

Al respecto, el ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, explicó que la implementación se realizará mediante decretos reglamentarios y una mayor vigilancia.

“La reglamentación consistirá en la expedición de decretos que materialicen los artículos y una acción decidida, sobre todo, en la inspección y vigilancia. Vamos a vincular nuevos inspectores de trabajo para que garanticen la correcta implementación de la ley laboral”, explicó.

Comunicadora Social - Periodista de la Universidad Autónoma de Occidente, con amplia experiencia en periodismo regional, comercial y desde hace tres años trabajo en la sección de economía.

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