Economía

La SIC sancionó a Claro por vulnerar derecho a la portabilidad numérica

La multa se estableció porque el operador no respetó los beneficios otorgados por MinTIC a un determinado grupo de usuarios.

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SIC sanciona a Claro  con $2000 millones por portabilidad numérica.
SIC sanciona a Claro con $2000 millones por portabilidad numérica. | Foto: Semana

11 de dic de 2025, 05:17 p. m.

Actualizado el 11 de dic de 2025, 05:17 p. m.

La Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, informó a través de un comunicado que Comcel S.A. (Claro) rechazó diferentes solicitudes de portación argumentando la existencia de una supuesta mora asociada a líneas pertenecientes a beneficiarios del plan ‘última milla móvil Mintic 1 - NavegaTIC’.

Por lo anterior, el ente de control determinó sancionar al operador con una multa por valor de $2013 millones al ser confirmado un incumplimiento de sus obligaciones en el régimen de portabilidad numérica.

La entidad reguladora igualmente señaló que en las condiciones del programa del Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Telecomunicaciones, MinTIC, que tenía como finalidad promover la inclusión digital mediante la entrega de planes móviles a estudiantes de instituciones educativas oficiales y a población en condición de vulnerabilidad, se confirmó que los usuarios que realizaran la portabilidad de su línea perdían el beneficio otorgado por MinTIC.

Con lo anterior, Claro interpretó esta dicha consecuencia como una supuesta deuda por lo que rechazó las solicitudes de portabilidad numérica, sin acreditar la existencia de la supuesta mora de los usuarios.

“Los beneficiarios accedían al servicio sin contraprestación económica mensual, recibiendo navegación con un paquete de datos y minutos ilimitados para llamadas nacionales, además de acceso sin consumo de datos a un conjunto de páginas web y aplicaciones de interés educativo y ciudadano”, señala la SIC en el documento.

“Con esta conducta, Claro vulneró el derecho que tienen los usuarios de elegir y de cambiar su operador, uno de los pilares del régimen de portabilidad numérica, el cual busca que en el mercado no se presenten barreras o prácticas que afecten la libertad de elección individual”, concluyó la Superintendencia.

Contra la sanción proceden los recursos de reposición ante la Dirección de Investigaciones de Protección de Usuarios de Servicios de Comunicaciones y el de apelación ante la Delegatura para la Protección del Consumidor.

La SIC recordó que cualquier conducta por parte de los operadores que limite la movilidad del usuario entre operadores será sancionada.

Claro Colombia
Según determinación de la SIC, Claro vulneró el derecho de los usuarios al elegir y a cambiar su operador. foto Guillermo Torres revista Semana | Foto: Semana - Guillermo Torres

Es de recordar que la portabilidad es uno de los indicadores más sensibles para la competencia efectiva en telecomunicaciones y una de las iniciativas que motiva a trabajar por mejorar las tarifas, ampliar la cobertura y propender por la calidad del servicio.

Asimismo, esta decisión confirma que los beneficios otorgados por el Estado a determinado grupos poblaciones en el país no pueden convertirse en barreras ni excusas para restringir los derechos de los usuarios.

Comunicadora Social - Periodista de la Universidad Autónoma de Occidente, con amplia experiencia en periodismo regional, comercial y desde hace tres años trabajo en la sección de economía.

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