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El Gobierno presentará esta semana el proyecto que busca aumentar el recaudo en $25 billones. | Foto: Foto: Colprensa

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Impuesto a servicios públicos y más colombianos a declarar renta: presentan la reforma tributaria

Los colombianos empezarán a declarar renta desde $2.4 millones y a partir de 2023 lo harán aquellos con ingresos desde 1.694.000, según el documento que será presentado al Congreso este jueves.

15 de abril de 2021 Por:  Redacción de El País

La reforma tributaria del Gobierno Nacional será presentada este jueves en el Congreso. Los colombianos empezarán a declarar renta desde $2.4 millones, se crearán nuevos impuestos, entre ellos uno de vehículos, además de normas en materia de IVA, patrimonio y pensiones, entre algunas disposiciones más.

Según el texto, a partir de 2023 empezarían a declarar renta quienes ganen desde 1’694.000 mensuales.

Con esta reforma tributaria comenzarán a pagar IVA en los servicios públicos los ciudadanos de estratos 4, 5, y 6.

La iniciativa plantea que el programa Ingreso Solidario sea una renta básica, a través de un programa de carácter permanente para reducir la pobreza y las brechas de ingreso en el país.

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El proyecto deja claro que estarán exentos de IVA una serie de productos y servicios: animales vivos, carne fresca o congelada bovina, porcina, ovina; carne de aves, peces congelados; leche, queso, huevos, cebolla, papa, tomates, yuca, frutas, agua, sal, antibióticos, medicamentos, preservativos y lápices; ventas de inmuebles, los servicios médicos, odontológicos, hospitalarios, clínicos y de laboratorio, para la salud humana, con excepción de tratamientos de belleza o cirugías estéticas.

De acuerdo con la iniciativa, tampoco estarían gravados con el impuesto los servicios de medicina prepagada y educación.

En cuanto al esquema de los tres días sin IVA al año, el Gobierno quiere mantenerlo para que los colombianos tengan facilidades en la compra de vestuario, electrodomésticos, elementos deportivos y juguetes.

Con respecto al monto de devolución del IVA, el proyecto fija en $50.000 mensuales este valor, como compensación para los hogares en condición de pobreza. Para determinar los beneficiarios, el Departamento Nacional de Planeación (DNP) podrá tener en cuenta aspectos como la situación de pobreza y considerar el Sisbén o el instrumento que haga sus veces.

La reforma tributaria también solicita que se le den facultades extraordinarias y precisas al Presidente de la República, por seis meses, para modificar o establecer retenciones en la fuente sobre los pagos o abonos en cuenta susceptibles de constituir ingreso tributario para las personas jurídicas contribuyentes del impuesto sobre la renta.

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En relación a las cesantías, la iniciativa propone que los ingresos por concepto de auxilio de cesantías y los intereses sobre cesantías se entenderán realizados en el momento del pago del empleador directo al trabajador o en el momento de consignación al fondo de cesantías, y que ello dará lugar a un reconocimiento patrimonial, cuando haya lugar a ello.

Adicionalmente, el proyecto crea el impuesto nacional a vehículos, el cual reemplazaría al impuesto sobre vehículos automotores, del que trata la Ley 488 de 1998, y el impuesto de circulación y tránsito o rodamiento a los vehículos de servicio público. 

Este nuevo impuesto tendrá un componente relacionado con el valor comercial y otro relacionado con el factor de contaminación.

Igualmente el proyecto prevé que las ciudades capitales puedan, con previa autorización del concejo municipal o distrital, instalar peajes dentro de su jurisdicción en las vías que se encuentren a su cargo.

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