Economía
Declaración de Renta 2025: cédulas que deben pagar este impuesto del 12 al 29 de agosto, ojo hay multa
No olvide pagar sus obligaciones tributarias. Para hacerlo tenga en cuenta los dos últimos dígitos de su documento de identidad.
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12 de ago de 2025, 01:21 p. m.
Actualizado el 12 de ago de 2025, 01:21 p. m.
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Estar al día con las obligaciones tributarias es fundamental para evitar sanciones que le puedan perjudicar sus finanzas. Como cada año al llegar el mes de agosto, llega también el pago de declaración de renta, un impuesto que se debe radicar ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Dian.
Estar al día con esta obligación significa tener en orden los reportes de ingresos, bienes, deudas, gastos y retenciones ocurridos durante el año fiscal.
De hecho, a través de dicho reporte, la Dian determina si el contribuyente debe pagar impuestos, si ya pagó lo suficiente a través de retenciones, o si por el contrario, tiene un saldo a favor.
Por ello, es muy importante no olvidar que a partir del próximo 12 de agosto, empiezan los vencimientos, por lo que se debe tener en cuenta los número de las cédulas que deben hacerlo, de lo contrario el contribuyente podría enfrentar una multa.

Números terminales de las cédulas para declarar renta en agosto
Tenga en cuenta que para revisar su fecha de vencimiento, es clave tener presente que el cronograma ha sido programado con los dos últimos dígitos de la cédula.
Así las cosas para agosto este es el cronograma:
- Fechas - Últimos dos dígitos de cédula
- 12 de agosto: 01 - 02
- 13 de agosto: 03 - 04
- 14 de agosto: 05 - 06
- 15 de agosto: 07 - 08
- 19 de agosto: 09 - 10
- 20 de agosto: 11 - 12
- 21 de agosto: 13 - 14
- 22 de agosto: 15 - 16
- 25 de agosto: 17 - 18
- 26 de agosto: 19 - 20
- 27 de agosto: 21 - 22
- 28 de agosto: 23 - 24
- 29 de agosto: 25 - 26
¿Qué pasa si no declara renta a tiempo?
Si un contribuyente no paga a tiempo su declaración de renta puede recibir una multa que es estipulada por la ley dependiendo de lo que haya sucedido. El estatuto tributario precisa estas faltas y sanciones:
Si usted debe cancelar el impuesto de renta, la sanción por no hacer la declaración es del 5 % por cada mes o fracción o mes de retraso, sin superar el 100 % del impuesto.

De otro lado, si usted sí omite la declaración, la Dian puede imponer una sanción equivalente al 20 % de los ingresos brutos obtenidos en el año anterior.
Si, por el contrario, usted la presentó con errores, deberá asumir sanciones de entre el 10 % y el 100 % de la diferencia en el impuesto a pagar.

Comunicadora Social - Periodista de la Universidad Autónoma de Occidente, con amplia experiencia en periodismo regional, comercial y desde hace tres años trabajo en la sección de economía.
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