Economía

Colombianos en estos oficios deben cotizar obligatoriamente en Colpensiones, advierte MinTrabajo

Son 45.000 cotizantes los que pasarán de los fondos privados a la administradora estatal de pensiones.

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Bomberos de Cali durante las labores de extinción en una vivienda abandonada del barrio Villacolombia, donde el fuego consumió el 80% del segundo piso.
Los bomberos, pro realizar una actividad relacionada con la extinción de incendios, es de alto riesgo. | Foto: 123RF

23 de oct de 2025, 05:03 p. m.

Actualizado el 23 de oct de 2025, 05:05 p. m.

Ofrecer una protección especial a quienes, por su trabajo enfrenten un desgaste prematuro o una reducción en su expectativa de vida, es el objetivo del cambio que acaba de decidir el Estado colombiano.

Ciertos trabajadores de alto riesgo deberán, según el Ministerio de Trabajo, de cotizar de manera exclusiva en Colpensiones.

Por ello serán 45.000 cotizantes los que deberán trasladarse de fondos privados de pensiones a Colpensiones.

La normativa busca garantizar mejores condiciones de retiro, para quienes enfrentan un mayor riesgo a la hora de realizar sus oficios.

El artículo 20 de la Ley 100, estipula que la afiliación al sistema de pensiones es obligatoria para todos los trabajadores independientes.

La ley establece que la afiliación es obligatoria para quienes están vinculados mediante contrato de trabajo o como servidores públicos.

Colpensiones puede garantizar a los trabajadores una protección adecuada frente a los riesgos inherentes a su labor. | Foto: GUILLERMO TORRES REINA

Los que deben cotizar en Colpensiones

Entre las profesiones que deben cotizar, según lo dispuesto por la ley, se encuentran:

  • Trabajadores de la minería: especialmente quienes operan en ambientes subterráneos o a cielo abierto, debido a las condiciones extremas y peligrosas del entorno
  • Empleados que manipulan agentes cancerígenos: Ocupaciones que implican la manipulación o exposición a sustancias que han sido comprobadas como cancerígenas.
  • Controladores de tránsito aéreo
  • Personal encargado del tratamiento de residuos hospitalarios
  • Trabajadores de la siderurgia: Personas que están expuestos a altas temperaturas en procesos de fundición o metalurgia.
  • Bomberos
  • Personal del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec.
  • Trabajos en alturas:Todas las actividades que se realicen a 1.80 metros o más, donde el riesgo de caídas es significativo. Esto incluye la construcción y otros trabajos de mantenimiento.

Según el presidente de Colpensiones, Jaime Dussán, la normativa busca asegurar mejores pagos en caso de invalidez o incapacidad, al igual que mayores derechos a indemnizaciones sustitutivas para realizar las labores de alto riesgo.

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Son 45.000 cotizantes los que se encuentran en los fondos privados. | Foto: 123RF

Traslado en marcha

Según lo reveló Dussán, las solicitudes de traslado ya se empezaron a tramitar y por ahora se espera que las administradoras de fondos privados entreguen una respuesta en las próximas semanas.

El cambio es para 45.000 cotizantes que realizan actividades de alto riesgo, lo que otorga a los trabajadores beneficios como la pensión especial de vejez.

Esto les permite pensionarse a una edad más temprana, siempre y cuando cumplan con los requisitos de cotización especial, que incluye un aporte adicional del 10% sobre la base de cotización.

Ese aporte está destinado a financiar la pensión especial de vejez a la que tienen derecho. Además de pensionarse a una edad más temprana: 57 años para las mujeres y 62 años para los hombres, siempre y cuando se cumpla con el número de semanas cotizadas y el tiempo mínimo en actividades de alto riesgo.

Periodista del Periódico El País, amante de las crónicas, los relatos y los hechos que atañen a la comunidad y que marcan historía. La experiencia adquirida en importantes medios latinoamericanos y mi recorrido por Q´Hubo me han permitido palpar las necesidades de la gente y lograr que lleve el periodismo en la sangre.

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