Cesantías: Sus mitos, verdades, datos y beneficios
La mejor recomendación que puede recibir un empleador es que no deje de realizar el pago de este auxilio a sus empleados oportunamente y dentro de los términos que fija la Ley, de esta forma, no solo evitará sanciones que se traducen en mayores gastos.
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2 de feb de 2021, 11:30 p. m.
Actualizado el 18 de may de 2023, 09:56 a. m.
Hoy por hoy las cesantías son consideradas como el mejor seguro de desempleo con el que cuentan las personas cuando quedan cesantes. Además, se constituyen como un ahorro importante para la consolidación de proyectos de vivienda o educación de los afiliados.
Durante el 2020 en Colombia, según la Superintendencia Financiera, las empresas les cumplieron a los colombianos con este pago, cuyo recaudo ascendió a $8,92 billones. El Fondo de Pensiones y Cesantías Porvenir lideró este recaudo con una cifra récord de $3,48 billones.
Esta responsabilidad del empleador y derecho del empleado aumentó su importancia en época de pandemia, pues con la declaratoria de la Emergencia Económica, Social y Ecológica el Gobierno Nacional abrió la opción de retiro de cesantías por disminución de ingresos, permitiéndole al trabajador que demuestre esta reducción, certificada por su empleador, retirar cada mes de su cuenta de cesantías el monto que le permita compensar este bajón en sus ingresos.
Cesantías en cifras
Cerca de 186.632 afiliados a la AFP Porvenir se acogieron a este beneficio en el 2020 por un monto de $181.183 millones. Esta medida sigue vigente hasta el 28 de febrero de 2021, fecha hasta la cual está estipulada la emergencia sanitaria nacional.
Según este Fondo, entre enero y diciembre del 2020 se atendieron 1,6 millones de solicitudes por concepto de retiro de cesantías por un valor de $3,1 billones. Estos recursos fueron solicitados principalmente por terminación de contrato, lo que sumó $1,1 billones.
Asimismo, las razones establecidas para el retiro de cesantías fueron parte del radar del trabajador que quiso alcanzar algunas metas durante el año pasado, gracias a su ahorro de cesantías. Pues, la segunda razón de mayor retiro de cesantías en el 2020 fue para vivienda por $1 billón y también destacaron las solicitudes para reparaciones locativas por $433.371 millones. Para educación se desembolsaron $231.921 millones y $78.787 millones se utilizaron para otros rubros.
Es así como las cesantías se consolidan como una gran “opción para que las personas tengan un ´colchón´ para su manutención y la de sus familias mientras consigue otra fuente de ingresos”, como lo señaló Andrés Vásquez, vicepresidente Comercial en la AFP Porvenir.
De ahí la importancia del pago oportuno de esta prestación social acompañada de una labor de educación y control que evite que este dinero sea utilizado para fines diferentes a los estipulados por la Ley. Los empresarios también deben Incentivar la cultura del ahorro en sus trabajadores con miras a hacer buen uso del dinero.
La mejor recomendación que puede recibir un empleador es que no deje de realizar el pago de este auxilio a sus empleados oportunamente y dentro de los términos que fija la Ley, de esta forma, no solo evitará sanciones que se traducen en mayores gastos.
Vale recordar que los empresarios tendrán plazo hasta el 14 de febrero para consignar las Cesantías de sus trabajadores. Si pasada esta fecha no se ha hecho el pago, se generará una sanción por mora de un día de salario por cada día de atraso.

En el camino de esta educación, la AFP Porvenir busca aclarar algunos mitos que se han creado alrededor de esta prestación social. En No más mitos con las cesantías se explica la verdad de los mitos más recurrentes:
Mito 1: Si las cesantías no se reclaman después de un año se vencen
Falso. La ley establece que todos los años los trabajadores que tienen derecho a las cesantías reciben esta prestación en su cuenta individual en el fondo elegido. Pasado un año, si el trabajador no retira sus cesantías, estas permanecerán en su cuenta individual indeterminadamente, generando rendimientos a través de los portafolios de cesantías. Esta prestación social no tiene un tiempo de vencimiento y cada trabajador puede decidir en qué momento hace uso de ella.
Igualmente, si una persona cambia de empleo antes de cumplir un año y en las condiciones de su contrato tiene derecho a Cesantías, el empleador debe entregarle un monto proporcional por el tiempo que laboró ese año, con su respectiva liquidación (concepto diferente a cesantías). El trabajador también debe tener en cuenta que le deben reconocer los intereses sobre Cesantías equivalentes a 1 % por cada mes laborado.
Mito 2: Las cesantías no generan intereses
Falso. Los intereses de las cesantías son un valor adicional a estas que se fijan con base en una tarifa del 12% anual del valor total de las cesantías o proporcional por fracción del año trabajado para quienes no cumplen con un periodo completo de un año de labores. Este monto se debe entregar directamente a los trabajadores antes del 31 de enero de cada año. A este pago tienen derecho los trabajadores que tengan una relación laboral con un empleador a través de un contrato a término fijo o indefinido.
Asimismo, cuando un trabajador ahorra cesantías tiene la posibilidad de elegir entre distintas alternativas de inversión que procuran hacer su dinero más rentable. Porvenir cuenta con un esquema de ahorro que le permite a los afiliados escoger el portafolio de Cesantías que más se ajuste a sus objetivos y expectativas de ahorro, ya sea como auxilio de desempleo o para educación o vivienda.

Mito 3: Los trabajadores independientes están obligados a realizar aportes a Cesantías.
Falso. Los trabajadores independientes no están obligados a realizar aportes a Cesantías. Sin embargo, pueden ahorrar voluntariamente en un Fondo de Cesantías como Porvenir (En el que más de 180 mil empresas confían el pago de las cesantías de sus trabajadores), con el fin de que puedan tener un colchón financiero en caso de quedar cesantes o deseen destinar estos recursos para fines de educación o de vivienda.
Solo deben crear una cuenta de Cesantías en la cual pueden ahorrar hasta la doceava parte de sus ingresos anuales. Lo mismo pueden hacer los trabajadores con contrato por prestación de servicios o con salario integral.
Mito 4: El empleador decide en qué Fondo se deben consignar las Cesantías de sus empleados.
Falso. Toda persona que tenga un contrato de trabajo tiene derecho a elegir en qué Fondo de Cesantías desea que su empleador le consigne. Para ello, puede escoger entre un Fondo privado como Porvenir o una entidad Pública que administre Cesantías.
Mito 5: Las Cesantías no se pueden heredar
Falso. Cuando la persona fallece y tiene ahorros en Cesantías, dichos recursos pueden ser solicitados por sus beneficiarios de ley (cónyuge, hijos u otros dependientes). Para esto, el empleador deberá comunicarse con ellos y realizar el trámite respectivo.
Mito 6: Los Fondos de pensiones y cesantías se demoran mucho en entregarlas
Falso. En un Fondo como Porvenir, cuando un trabajador decide retirar su ahorro de Cesantías y cumple con los documentos de ley, es decir, que el empleador haya verificado que los recursos serán destinados a vivienda o educación y también expedida la carta que autorice el retiro por parte del titular, tiene la posibilidad recibir sus Cesantías el mismo día en que realiza la solicitud, gracias a los canales virtuales al servicio de sus afiliados y a los diferentes aliados que facilitan el pago.
La AFP cuenta con herramientas digitales como Porvenir Web, Porvenir Móvil, Porvenir APP, Audio Respuesta Porvenir, Chat Porvenir, entre otros, que facilitan los trámites y solicitudes de sus afiliados. El 59% de los retiros de cesantías en la AFP el último año se han realizado a través de estos canales virtuales.
Retiro de cesantías en el Fondo Porvenir es gratuito.
El Fondo de Pensiones y Cesantías Porvenir invita a sus afiliados y a los colombianos en general, a que hagan uso de los canales de atención virtuales con los que cuenta el Fondo, que son gratuitos y seguros, y no dejen sus trámites en manos de intermediarios.
"En Porvenir adelantamos esta campaña para que los usuarios comprendan que no necesitan de un tercero para realizar sus trámites y que cuentan con más canales virtuales que son seguros y ágiles para que realicen trámites como el retiro de cesantías," dijo Andrés Vázquez.
Por la emergencia económica el retiro de Cesantías ha aumentado y ante la imposibilidad de salir, terceros se aprovechan de los afiliados para realizar trámites que son gratuitos. La solicitud de cesantías se puede realizar en línea ingresando a la zona transaccional del portal web y ubicando la opción de retiro de cesantías en el menú de aportes y retiros.
Conoce más acerca de las cesantías en:
https://www.porvenir.com.co/web/personas/cesantias
6024455000






