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Trabajadores con contrato a término fijo pasarán a indefinido: ley fija plazo para que empresas definan su situación laboral

Las empresas deben revisar las condiciones de contratación y definir oportunamente la situación laboral de sus empleados para evitar posibles dolores de cabeza.

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A partir de este lunes, 15 de julio, se aplicará una nueva reducción a la jornada masiva laboral semanal que pasará de 47 a 46 horas semanales, según lo dispone la Ley 1201 de 2021. Foto ElA partir de este lunes, 15 de julio, se aplica País
Los contratos por obra no podrán extenderse indefinidamente sin cambios, según la ley. | Foto: Foto de El País

14 de may de 2026, 12:28 a. m.

Actualizado el 14 de may de 2026, 12:28 a. m.

Los contratos laborales son aquellos en los que una persona natural adquiere un acuerdo con un empleador, comprometiéndose a prestar sus servicios personales bajo subordinación a cambio de una remuneración o salario.

Ante esto, en la nación existen varios tipos de contratos y los más comunes son a término fijo, por obra labor o de prestación de servicios.

Las empresas, además de consignar a tiempo, deben trabajar en campañas de educación financiera que permitan que las cesantías sean usadas de forma responsable por sus beneficiarios.
Empresas deberán definir situación de empleados con contrato por obra o labor | Foto: Porvenir

En el caso de contrato por prestación de servicios, el contratista gestiona su propio tiempo y métodos, sin cumplir un horario estricto ni recibir órdenes subordinadas.

No obstante, si las empresas o empleadores no cumplen lo que establece el Código Sustantivo de Trabajo, estos podrían pasar automáticamente a tener un contrato a término indefinido, el cual, como su nombre lo indica, no tiene estipulada una fecha de culminación de la obligación contractual, cuya duración no haya sido expresamente estipulada o no resulte de la naturaleza de la obra o servicio que debe ejecutarse.

El Código Sustantivo del Trabajo, en su artículo 46, señala que este tipo de contrato deberá celebrarse por escrito y en él deberá indicarse, de forma precisa y detallada, la obra o labor contratada que se requiere atender”.

DEUDA ESTADO
Tanto el contrato a término indefinido como el de prestación de servicios implican una remuneración económica, requieren cotización a seguridad social y buscan satisfacer una necesidad de la empresa. | Foto: NICOLAS LINARES

Pero en algunos, las compañías continúan utilizando esta modalidad aun cuando la actividad inicial ya terminó o cuando las funciones del trabajador permanecen sin modificaciones.

Así que para estos casos, cuando no se detalla de manera precisa la labor contratada o el empleado continúa prestando sus servicios después de finalizada la obra, el vínculo laboral puede entenderse automáticamente como indefinido desde el inicio de la relación laboral.

“Cuando no se cumplan las condiciones señaladas en el presente artículo, o cuando, una vez finalice la obra o labor contratada, el trabajador continúe prestando sus servicios, el contrato se entenderá celebrado a término indefinido desde el inicio de la relación laboral”, se lee en la normativa colombiana.

Aunque existe una excepción, la cual consiste en que cuando “se trate de una nueva y diferente obra o labor, caso en el que se podrá continuar el contrato adicionando por escrito el acuerdo en el que se especifique la nueva obra o labor, o se liquidará el contrato anterior y se iniciará un nuevo contrato por la nueva necesidad, especificando en cualquiera de los dos casos de forma clara y precisa la nueva obra o labor contratada”.

La normativa también establece que los trabajadores con contratos por obra o labor tienen derecho al pago proporcional de prestaciones sociales como vacaciones, prima de servicios y cesantías durante el tiempo laborado.

Comunicadora social con experiencia en comunicación organizacional, creación de contenido digital y redacción periodística y corporativa.

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