Colombia
¿Quién paga las fotomultas en carros compartidos en Colombia? Esto dice la ley; parejas estarían en aprietos
Nueva interpretación legal busca clarificar cuándo deben asumirse individualmente.
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13 de mar de 2026, 12:18 a. m.
Actualizado el 13 de mar de 2026, 12:18 a. m.
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En Colombia, la aplicación de fotomultas, sanciones por infracciones captadas por cámaras de fotodetección, ha generado un debate jurídico sobre la responsabilidad de las parejas de conductores cuando los vehículos hacen parte de la sociedad conyugal, especialmente en casos de separación o divorcio.
Una fotomulta, registro de una infracción a través de sistemas tecnológicos con evidencia de placa, hora y lugar, puede convertirse, en algunos casos, en un comparendo. Este último es el documento formal con el cual la autoridad de tránsito notifica a un ciudadano una presunta infracción y lo cita para responder ante la autoridad, defenderse o pagar la multa.

El contexto legal se ha vuelto particularmente relevante tras una sentencia de la Corte Suprema de Justicia colombiana en 2023 que estableció como regla general que “toda deuda contraída dentro de matrimonio o unión marital de hecho debe asumirse en conjunto, por ser presuntamente social”.
Según esta tesis, si uno de los cónyuges compró un vehículo dentro de la sociedad conyugal y este acumula fotomultas o comparendos, ambos podrían ser considerados responsables legales de la deuda.
Sin embargo, existen excepciones jurídicas de peso que buscan aclarar esta situación. Desde 2020, la Corte Constitucional determinó que las fotomultas y comparendos no pueden imponerse automáticamente al propietario del carro, sino a quien conducía el vehículo en el momento de la presunta infracción.
Esta decisión apunta a que la responsabilidad por una infracción es, en principio, personal y no social, aun cuando el bien, el carro, esté registrado a nombre de uno de los cónyuges.
Aunque la sociedad conyugal abre la posibilidad de considerar ciertas deudas como compartidas, las multas de tránsito pueden quedar excluidas de esa regla cuando no benefician a la unidad familiar o no son producto de decisiones comunes. Por ejemplo, si solo uno de los miembros condujo el carro y cometió las infracciones, esa deuda podría considerarse personal.

Además, el Código Civil colombiano distingue entre deudas sociales e individuales, argumentando que no todos los gastos o sanciones deben recaer sobre ambos miembros de una sociedad conyugal.
De cara a la ley y al derecho de defensa, el proceso de fotomultas en Colombia también incluye plazos estrictos para notificación y opciones claras para impugnar o responder ante un comparendo.
Frente a esta situación, se recomienda que las parejas separadas o unidas revisen con detenimiento los registros de tránsito y consulten asesoría legal, ya que una interpretación errónea sobre la responsabilidad de una fotomulta o un comparendo puede tener consecuencias económicas importantes para ambos.
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