Colombia
Ordenan arresto contra el presidente de Colpensiones Jaime Dussan; ¿qué pasó?
El presidente de Colpensiones, Jaime Dussán, y el director de Historia Laboral de la entidad, José Luis Santaella Bermúdez, fueron sancionados por desacato.
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10 de jul de 2026, 12:59 a. m.
Actualizado el 10 de jul de 2026, 12:59 a. m.
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En la noche de este jueves se dio a conocer que el Juzgado Promiscuo de Familia de Marinilla, Antioquia, expidió una orden de arresto contra el presidente de Colpensiones, Jaime Dussan, por el desacato de una orden de tutela relacionada con una reclamación de la historia laboral del accionante.
De acuerdo con el reporte, una juez de familia en Marinilla le impuso a Dussan una sanción de cinco días de arresto y una multa de cinco salarios mensuales vigentes tras concluir que la administradora pensional no acató en los términos establecidos un fallo emitido por el Tribunal Superior de Antioquia, relacionado con la corrección de la historia laboral.

Todo se dio luego de que un ciudadano presentara una acción de tutela contra Colpensiones y AFP Protección S.A, asegurando que trabajó para la Armada Nacional – Ministerio de Defensa entre 1982 y 1990, tiempo que, según afirmó, no fue reflejado de manera correcta en su historia laboral tras trasladarse de un fondo privado a Colpensiones.
De acuerdo con el expediente, el accionante sostuvo que, mientras en la AFP Protección aparecían registradas 1.494 semanas cotizadas, de las cuales 610 correspondían al tiempo certificado para el bono pensional, al momento del traslado a Colpensiones únicamente se le reconocieron 1.045 semanas, dejando por fuera parte del tiempo laborado.
Una vez se dio cuenta del error, el accionante elevó múltiples reclamaciones administrativas sin obtener una respuesta de fondo y, para mayo de este 2026, el Tribunal Superior de Antioquia resolvió la impugnación y ordenó “conceder la acción de tutela promovida. En consecuencia, se ordena a Colpensiones que dentro del término máximo de quince (15) días resuelva de fondo la reclamación relacionada con la corrección de la historia laboral del accionante”.
En ese sentido, el Tribunal también instó a la AFP Protección a colaborar con la entrega de información e informar “el origen de la discrepancia entre las semanas de cotización certificadas por esa administradora y las que actualmente registra Colpensiones”, con el fin de establecer si los aportes realizados en ese período fueron incorporados a la historia laboral transferida.

Durante el trámite del incidente de desacato, Colpensiones argumentó que sí había dado respuesta a la solicitud del afiliado y explicó que adelantó gestiones con el Ministerio de Defensa para verificar la información.
Según la entidad, la cartera de defensa certificó que no era posible expedir una nueva constancia sobre los tiempos reclamados, ya que “le fue reconocido un cupón de cuota parte mediante resolución expedida en el año 2001, razón por la cual no era viable expedir una certificación CETIL. En consecuencia, manifestó que se encuentra imposibilitada para efectuar la corrección y actualización de los ciclos laborales reclamados”.
A pesar de la respuesta, el juzgado consideró que esas actuaciones no satisfacían plenamente lo ordenado en la tutela y resolvió imponer las sanciones contra el presidente de Colpensiones y el director de Historia Laboral de la entidad, José Luis Santaella Bermúdez, por desacato a la decisión de tutela.

Comunicadora social con experiencia en comunicación organizacional, creación de contenido digital y redacción periodística y corporativa.
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