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JEP alista primera sentencia contra siete miembros del último Secretariado de las extintas Farc; así sería su sentencia

La JEP ya tiene tres escenarios para que los exguerrilleros paguen por sus crímenes. La decisión se conocerá el martes, 16 de septiembre.

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La JEP dictará sentencia a los miembros del secretariado de las extintas Farc por los crimenes cometidos. Foto :Colprensa
La JEP dictará sentencia a los miembros del secretariado de las extintas Farc por los crimenes cometidos. Foto :Colprensa | Foto: Colprensa

15 de sept de 2025, 07:20 p. m.

Actualizado el 15 de sept de 2025, 07:20 p. m.

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) anunció que dictará este martes, 16 de septiembre, su primera sentencia contra los siete miembros del último Secretariado de las extintas Farc por su responsabilidad en el secuestro y otros crímenes cometidos durante el cautiverio, un fallo histórico que activa la fase de sanciones propias del Acuerdo de Paz y pone a prueba el modelo de justicia restaurativa del país, enfocado en la reparación a las víctimas más que en el castigo tradicional.

La decisión marca un punto de inflexión en el trabajo de la JEP, que pasa de la investigación y el reconocimiento de verdad a la imposición de sanciones. Según explicó en su momento el presidente de la JEP, Alejandro Ramelli, en una entrevista con Colprensa, la complejidad de estas sentencias radica en que no se limitan a declarar una culpabilidad, como en la justicia ordinaria, sino que deben estructurar proyectos restaurativos viables.

Ramelli señaló que la JEP tomó “el camino difícil” al diseñar primero los proyectos para evitar que la sentencia sea “imposible de cumplir” y cause una “decepción de las víctimas”. A diferencia de un juez tradicional que envía a un condenado a prisión bajo la supervisión del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario de Colombia (INPEC), la JEP debe garantizar que las sanciones, que conllevan restricciones de libertades, tengan un componente reparador efectivo.

Este modelo de justicia es un desafío cultural, pues la sociedad está habituada al castigo y la privación de la libertad como única solución. El primer paso para la reconciliación, según Ramelli, es el establecimiento de la verdad, ya que para perdonar “hay que saber qué fue lo que sucedió”.

El presidente de la Jurisdicción Especial de la Paz (JEP), Alejandro Ramelli.
El presidente de la Jurisdicción Especial de la Paz (JEP), Alejandro Ramelli, dará a conocer su decisión este martes, 16 de septiembre. | Foto: JEP

Proyectos que reparan

Para poner a prueba la logística de estas sanciones, la JEP ya desarrolló tres proyectos anticipados que sirven como modelo. Uno de ellos se realizó con la comunidad indígena Awá, en Nariño, donde ex combatientes de las Farc participaron en la reconstrucción de un sitio de armonización indígena, trabajando con la comunidad durante meses.

Otro ejemplo es el desminado humanitario en Dabeiba (Antioquia), donde antiguos miembros de las Farc trabajaron junto a integrantes de la Fuerza Pública investigados por ejecuciones extrajudiciales. Más recientemente, en Apartadó, se adelanta un programa similar con ex miembros de la Fuerza Pública.

El tercer proyecto se desarrolla en el Cementerio Central de Neiva, donde tres máximos responsables del subcaso Huila colaboran con la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas (UBPD) en la exhumación de posibles víctimas de “falsos positivos”. Ramelli describió esta labor como “victimarios buscando a sus víctimas”, un trabajo pensado desde la lógica de la reparación.

Serán los magistrados quienes decidan qué parte del tiempo de la sanción se les reconocerá a los comparecientes por estos trabajos anticipados.

La ejecución de estas sanciones no depende únicamente de la JEP. El magistrado Vidal explicó que existen responsabilidades clave que corresponden al Estado colombiano. Uno de los temas pendientes es la regulación de la seguridad social de los comparecientes, para definir quién asume los costos si sufren un accidente durante las labores de reparación, como pisar una mina en una jornada de desminado.

Los desafíos de la implementación

La ejecución de estas sanciones no depende únicamente de la JEP. El magistrado Ramelli explicó que existen responsabilidades clave que corresponden al Estado colombiano. Uno de los temas pendientes es la regulación de la seguridad social de los comparecientes, para definir quién asume los costos si sufren un accidente durante las labores de reparación, como pisar una mina en una jornada de desminado.

Otro pilar fundamental es la seguridad, pues el Estado debe garantizar las condiciones para que los sancionados no corran riesgos en los lugares donde cumplirán su pena. Finalmente, está el punto de la habitabilidad, que define dónde dormirán y en qué condiciones vivirán mientras duren los proyectos.

El monitoreo del cumplimiento, en cambio, es responsabilidad directa de la JEP, que trabajará en conjunto con la Misión de Verificación de Naciones Unidas para certificar que los comparecientes están efectivamente cumpliendo su sanción a través de un sistema de control y bitácoras de seguimiento.

El respaldo internacional

Este paso crucial de la JEP cuenta con un fuerte espaldarazo de la comunidad internacional. En una sesión reciente, el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas ratificó su respaldo a la Jurisdicción y a la próxima emisión de sentencias restaurativas.

Barbara Woodward, representante del Reino Unido, calificó la emisión de estas decisiones como “un paso adelante muy significativo”. Por su parte, el representante de Francia, Jérôme Bonnafont, pidió que las sanciones puedan ser implementadas efectivamente, mientras que el delegado de Panamá, Eloy Alfaro de Alba, señaló que el modelo colombiano de justicia restaurativa es una “fuente de esperanza” para otros procesos de paz en el mundo.

Carlos Ruíz Massieu, entonces jefe de la Misión de Verificación de la ONU en Colombia, confirmó que su equipo monitoreará esta nueva fase como parte de su mandato. Asimismo, la JEP ha estrechado su cooperación con la Corte Penal Internacional (CPI), con la que firmó un memorando de trabajo conjunto, por lo que no se avizora una intervención de este tribunal.

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