Colombia
Inquilinos sin contrato podrían quedarse: Corte Constitucional frena desalojos
La decisión se tomó luego de estudiar un caso de desalojo de una persona en condición de vulnerabilidad.
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10 de mar de 2026, 03:43 p. m.
Actualizado el 10 de mar de 2026, 03:43 p. m.
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La Ley Colombiana otorga ciertas garantías a los propietarios de una vivienda para poder recuperar su inmueble de las manos de un inquilino. Sin embargo, recientemente se estipuló que ya este poder se debilitó un poco.
Puntualmente, esta nueva garantía permitiría que los inquilinos puedan quedarse en un inmueble, sin importar que no tenga un contrato de arrendamiento.
La Corte Constitucional estipuló que los propietarios no pueden exceder sus facultades de la Ley de Alquileres, y todo inició por el caso de desalojo de un hombre de 61 años en condición de vulnerabilidad.
El hombre era un vendedor ambulante con diabetes tipo 2 y una enfermedad renal crónica, quien alegó vulneración a su derecho a la vivienda digna.

Las autoridades indicaron que el hombre no tenía acceso a medios digitales, por lo que no tuvo la debida notificación del desalojo, por lo que no se pudo defender tal como lo dicta la ley.
La Corte comentó que todos los jueces a nivel nacional tienen la facultad de tomar decisiones de manera diferencial, de acuerdo con las condiciones de cada caso.
“Esta obligación busca una administración de justicia que tenga en cuenta las circunstancias particulares de cada individuo, eliminé los obstáculos derivados del uso de medios digitales y asegure que los procesos se desarrollen en condiciones de equidad. Así, se evita que las normas procesales impidan el efectivo goce de sus derechos fundamentales”, dijo el Alto Tribunal.
Otras alternativas de desalojo
La Ley también establece que ninguna persona puede ser desalojada de un inmueble sin la debida orden de una autoridad.
Es decir, si un propietario tiene una dificultad con un inquilino (por el pago del arriendo u otra situación), inicialmente se tratar de llegar a un acuerdo con él. En dado caso que no se logre, se debe escalar hasta las autoridades.
Las autoridades recomendarán iniciar un proceso en el que se tratará de tener una conciliación con el inquilino para el pago del dinero adeudado, y se estipulará el posterior abandono del inmueble.

En dado caso de no realizar estos procedimientos, el inquilino podría alegar un proceso mal realizado y, en algunas ocasiones, podría llegar a salir beneficiado con la extensión de su estadía en la casa o el apartamento que está en disputa.
Finalmente, se recomienda a los propietarios que tengan asesoría profesional en estos casos, para así tomar las decisiones correctas, de acuerdo con lo que estipula la Ley.
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