Economía
Gobierno presenta recurso para levantar la suspensión provisional del salario mínimo
El recurso fue radicado este miércoles 18 de febrero, un día antes de las movilizaciones convocadas por el presidente Petro.
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18 de feb de 2026, 11:51 p. m.
Actualizado el 19 de feb de 2026, 12:57 a. m.
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El Gobierno Nacional presentó este miércoles, 18 de febrero, un recurso de súplica ante el Consejo de Estado para impugnar la suspensión provisional del decreto que fijó el salario mínimo para el año 2026.
La decisión, emitida con ponencia del magistrado Juan Camilo Morales, decretó la suspensión provisional del acto administrativo que estableció un incremento del 23,7 %, dejando el salario mínimo legal mensual vigente en $1.750.905, cifra que asciende a $2.000.000 con el auxilio de transporte.
El aumento había sido fijado a finales de diciembre de 2025 por el presidente Gustavo Petro, luego de que no se lograra un consenso entre sindicatos y gremios empresariales en la mesa de concertación salarial. Ante la falta de acuerdo, el Ejecutivo expidió el decreto correspondiente, argumentando la necesidad del denominado salario mínimo vital.

No obstante, el Consejo de Estado consideró que el Gobierno no sustentó de manera suficiente el incremento con base en los criterios técnicos establecidos en la Ley 278 de 1996, normativa que exige tener en cuenta variables como la inflación, la productividad y el crecimiento económico.
Frente a esta decisión, el Gobierno interpuso un recurso en el que solicita revocar la medida cautelar. El documento, de 28 páginas, fue firmado por representantes de los ministerios del Trabajo y Hacienda, el Departamento Administrativo de la Presidencia y la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.
En el texto se argumenta que la providencia judicial “excedió los límites del poder cautelar”, al adoptar una determinación que, según el Ejecutivo, no se limitó a preservar la eficacia de una eventual sentencia futura, sino que produjo efectos materiales equivalentes a una decisión anticipada sobre el fondo del litigio.
“El auto no se restringió a un juicio provisional orientado a preservar la eficacia de la sentencia, sino que adoptó una medida de máxima intensidad que reconfigura transitoriamente el régimen jurídico del salario mínimo, produciendo efectos materiales equivalentes a un pronunciamiento anticipado sobre el fondo del litigio”, se lee en el recurso, según reveló El Tiempo.
El Gobierno también plantea que la suspensión desconoce el estándar previsto en el artículo 231 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), al fundarse —según su postura— en una controversia interpretativa y no en una infracción evidente o palmaria de la norma.

Además, advierte que la medida afectaría el principio de no prejuzgamiento, presentaría un déficit de motivación y ponderación de intereses, y supondría una injerencia indebida en las competencias del Ejecutivo en materia de política económica.
Otro de los puntos expuestos es que la decisión debería analizarse a la luz del principio de separación de poderes, dado que, en criterio del Gobierno, la fijación del salario mínimo puede ser definido por el Ejecutivo cuando no hay acuerdo en la mesa de concertación.

Comunicadora social y periodista de la Universidad Autónoma de Occidente, con experiencia en medios digitales y en radio. En El País se desempeña como periodista multifuente desde el año 2022.
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