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El Consejo Superior de la Judicatura y la Fiscalía General coincidieron en que se debe tener en cuenta la congestión judicial que ya existe. | Foto: Colprensa

COLOMBIA

Excarcelación por coronavirus está enredada en discusiones jurídicas

El Consejo Superior de la Judicatura y la Fiscalía General coincidieron en que se debe tener en cuenta la congestión judicial que ya existe.

7 de abril de 2020 Por: Redacción El País

El Consejo Superior de la Judicatura y la Fiscalía General coincidieron en que se debe tener en cuenta la congestión judicial que ya existe y que se aumentará una vez el Gobierno Nacional, en cabeza del Ministerio de Justicia, dé vía libre a la excarcelación de más de 10 mil reclusos, por cuenta de la pandemia del COVID-19 que padece el país.

El fiscal general, Francisco Barbosa, señaló que “hoy existe congestión en la resolución de este tipo de medidas y con las disposiciones del Decreto sólo se exacerbaría”.

Barbosa sacó a colación el artículo 7 del borrador del decreto que ordena a los jueces decidir sobre la sustitución de la medida intramural por prisión domiciliaria transitoria de todos los casos que lleguen a su conocimiento en tres días corrientes.

Con esto, a juicio del fiscal, se desconocen no sólo las limitaciones de los despachos judiciales en términos de carga laboral sino la posibilidad, previsible, de la interposición masiva de recursos de habeas corpus o acciones de tutela por parte de los internos para obtener una respuesta a su situación jurídica.

La presidenta del Consejo Superior de la Judicatura, magistrada Diana Remolina, también hizo una observación en el sentido de que si se llegara a registrar la excarcelación masiva los jueces tendrían a su cargo una jornada laboral extensa para dar vía libre a las solicitudes.

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“Que el envío de solicitudes a la Rama Judicial se realice de manera sucesiva, no en bloque. Igualmente deberían establecerse los criterios de priorización del envío de las solicitudes y señalarse el plazo entre los envíos, que podría ser el mismo que se establezca para proferir la decisión”, dijo.

Para Remolina es necesario tener en cuenta que el término para decidir las detenciones domiciliarias debe ser superior a tres días, que en todo caso deberán ser hábiles y contados desde que el juez reciba la solicitud.

Para el exfiscal y penalista Camilo Burbano, el Decreto, entre otras cosas, muestra un problema del sistema y es la falta de tecnología.

“Estamos en una situación de emergencia así que el Consejo Superior de la Judicatura tiene que proveer los elementos para hacer audiencias virtuales para avanzar con la descongestión de la justicia”, señaló el penalista.

Dijo además que si bien el Consejo Superior juega un papel importante en la administración de los recursos, le corresponde al Ministerio de Justicia nombrar más funcionarios para resolver de manera urgente todas las excarcelaciones pendientes derivadas del Decreto.

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Así las cosas, una de las soluciones para Burbano sería delegar más funcionarios judiciales exclusivos para solucionar el problema de excarcelaciones.

Dejó claro que el Gobierno, el Ministerio de Justicia, la Fiscalía y el Consejo Superior no se pueden escudar en que no hay suficiente gente. “La idea es sacar a esta población antes de que haya una situación de emergencia por cuenta de la pandemia en cada centro carcelario”.

El domicilio como detención

El fiscal general, en su misiva de 17 páginas dirigida al presidente Iván Duque, los presidentes de las altas cortes y la ministra de justicia, Margarita Cabello, también manifestó su preocupación por las personas que no tienen domicilio donde cumplir su pena, por lo que en el documento expuso una posible solución.

“Para ello se deberían considerar al menos dos fuentes de financiación. De un lado, los recursos de la USPEC que cuenta actualmente con proyectos de inversión de este tipo y con dinero para financiarlos y adicionalmente, se podrían considerar bienes a cargo de la SAE que puedan ser adaptados rápidamente para esta finalidad”, propuso.

Para el penalista Francisco Bernate la legislación colombiana establece que solo se permite la detención domiciliaria en aquellos eventos que tenga un domicilio conocido.

“De manera que si la persona cumple los requisitos, pero no tiene un arraigo o no logra demostrar que estará en una casa, no podrá ser sujeto de tal detención”, dijo el abogado.

Añadió que esta medida se puede surtir en el caso estricto de que el recluso esté enfermo y pueda purgar su pena en un centro hospitalario, como ha ocurrido con la empresaria del Chance Enilce López, entre otros condenados.

Demora en la expedición del decreto

Los argumentos expuestos por el fiscal general y la presidenta del Consejo Superior fueron lo últimos conceptos que recibió el Estado colombiano sobre la iniciativa precoz que anunció la ministra Cabello en el marco de una entrevista en un medio de comunicación.

La jefe de la cartera de justicia, inicialmente, dijo que la medida beneficiaría a personas privadas de la libertad que sean mayores de 60 años, mujeres gestantes y lactantes o con hijos menores de tres años, también a quienes padezcan enfermedades “graves”, quienes tengan movilidad reducida o que estén en situación de discapacidad. Además de ello quienes han cumplido las 3/5 partes de la pena o estén a punto de salir del centro carcelario.

Desde que la ministra hizo tal anuncio han pasado más de dos semanas y el Gobierno sigue sin expedir el decreto para resolver la situación de la población carcelaria. El abogado penalista Marlon Díaz estimó que “se han demorado mucho en la expedición de este Decreto para prevenir el contagio a los centros de reclusión”.

De acuerdo con Díaz, “desafortunadamente el ritmo con el que se ha pensado para proteger a los privados de la libertad, no ha sido el mismo que han implementado con los demás ciudadanos”.

Señaló que no se puede perder más tiempo dado que la población carcelaria es mucho más vulnerable ante esta época de pandemia. “Una cárcel como La Modelo donde hay hacinamiento de hasta un 200%, va a generar contagio y riesgos para las Personas Privadas de la Libertad, e incluso, para los guardias que los custodian”.

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Lo que le preocupa al penalista es que los informes conocidos en la actualidad datan de resultados de hace 15 días, por lo que, hasta el momento “ni siquiera estamos actualizados de lo que está ocurriendo con la pandemia en Colombia”.

Para el abogado es claro que debe haber total prontitud para sacar a los adultos mayores de 60 años, enfermos de gravedad, madres gestantes y madres con niños menores de los centros de reclusión.

“Esto no admite un minuto más. No podemos esperar observaciones de la Fiscalía u otra entidad. Se debe actuar ya”, puntualizó y añadió que el hacinamiento es un problema estructural del país desde hace mucho tiempo, y por ende el mejor caldo de cultivo, para que el COVID-19, pueda hacer sus estragos en la población, que a juicio del penalista, “perdió su libertad, pero no su dignidad”.

Las propuestas de los entes de control

El procurador Fernando Carrillo, por su parte, advirtió que “es imperativo que el Estado en su conjunto, ante la emergencia sanitaria por la pandemia, salvaguarde los derechos y las garantías de más de 123.400 reclusos en el país”.

Precisó que la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC), deberá garantizar medidas de autocuidado y disponer en todos los establecimientos penitenciarios y carcelarios del país, del personal médico y los elementos de protección necesarios para los miembros del cuerpo de custodia y vigilancia y a las personas privadas de la libertad, quienes deberán tener acceso ininterrumpido a los servicios públicos esenciales.

Carrillo Flórez alertó sobre la necesidad de adelantar las acciones necesarias para que las actuaciones penales y solicitudes ante autoridades judiciales no sean interrumpidas, por lo que invitó al Ministerio de Justicia para que el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC), habilite, con carácter urgente, salas de comunicación virtual, para las conversaciones privadas de los procesados con sus defensores, audiencias que ordenen los jueces y visitas virtuales con las familias.

Esto se suma, a que el jefe del Ministerio Público expuso que debe haber descogestión en la población carcelaria, por eso, propuso que las mujeres embarazadas y personas mayores de 65 años gocen de beneficios.

La Defensoría del Pueblo, por su parte, ha dicho que “nuestra finalidad es que, con urgencia y de inmediato, se adopten medidas que se ajusten al principio de precaución y protejan la vida y salud de las personas privadas de la libertad, funcionarios del INPEC_Colombia e intervinientes en establecimientos carcelarios”.

Anunciaron que están dispuestos a trabajar para lograr una solución para dicha población. La puja por la excarcelación masiva ha estado como prueba de fuego en el Gobierno Nacional, hasta el momento el denominado borrador del Decreto reposa en el despacho del presidente de la República, quien deberá sancionarlo y posterior a ello remitirlo a la Corte Constitucional para que se avale en su totalidad.

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