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Drones tras el sismo: Aerocivil fija reglas para su uso en emergencias

Las disposiciones regirán en municipios como Cali, Pereira, Manizales y Quibdó mientras permanezcan activos los Puestos de Mando Unificado.

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Drones tras el sismo: Aerocivil fija reglas para su uso en emergencias.
Drones tras el sismo: Aerocivil fija reglas para su uso en emergencias. | Foto: Gemini

12 de ago de 2026, 11:32 p. m.

Actualizado el 12 de ago de 2026, 11:32 p. m.

Drones y seguridad operacional se ubicaron en el centro del plan de contingencia fijado por la autoridad aeronáutica del país. La Aeronáutica Civil dispuso un conjunto de condiciones especiales para el vuelo de Sistemas de Aeronaves No Tripuladas en los territorios que sufrieron el mayor nivel de afectación tras el reciente sismo registrado en Colombia.

La medida regulatoria busca salvaguardar las operaciones aéreas y garantizar que las maniobras de búsqueda, rescate y asistencia humanitaria ejecutadas por los organismos de socorro se desarrollen libre de cualquier tipo de interferencia o riesgo en el espacio aéreo.

Las condiciones especiales aplican para los municipios con mayores daños registrados, entre los cuales figuran explícitamente Cali, Pereira, Manizales y Quibdó. Esta normativa extraordinaria estará vigente durante todo el periodo en que se mantengan activos los Puestos de Mando Unificado en cada localidad.

Respecto a las operaciones de apoyo directamente asociadas a la atención de la contingencia dentro de la Categoría Abierta, la autoridad determinó que los vuelos destinados al socorro o a la evaluación de daños no requerirán autorización previa por parte de la entidad.

Sin embargo, las operaciones humanitarias o de evaluación deberán coordinarse de manera obligatoria con el respectivo Puesto de Mando Unificado. Asimismo, los operadores deberán acatar los estándares del RAC 100, incluyendo el registro formal del equipo y la observancia estricta de los límites operacionales.

Por otra parte, queda suspendida en su totalidad cualquier operación en categoría abierta que no tenga como propósito directo la atención de la emergencia sísmica, restricción que estará vigente mientras continúen en funcionamiento los Puestos de Mando Unificado organizados en las regiones impactadas.

En cuanto a los explotadores clasificados en la Categoría Específica, la directriz señala que deberán mantener un cumplimiento riguroso de todos los requisitos, autorizaciones y condiciones de operación previamente estipulados en los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia.

La articulación directa con los mandos locales se definió como un factor indispensable para prevenir incidentes con helicópteros, aviones y equipos que adelantan maniobras críticas de salvamento, transporte humanitario y evaluación del desastre en las áreas damnificadas.

Quienes incumplan las disposiciones anunciadas por la entidad gubernamental podrán verse expuestos a las diferentes medidas disciplinarias y multas consignadas en el régimen sancionatorio del Reglamento Aeronáutico de Colombia.

Finalmente, la entidad pública expresó su solidaridad con las familias y comunidades impactadas por la emergencia sísmica, al tiempo que hizo un llamado vehemente a toda la ciudadanía para priorizar y respetar el trabajo de búsqueda que efectúan las instituciones de socorro.

Comunicador social y periodista de la Universidad Antonio José Camacho. Tecnólogo en Producción Audiovisual y técnico en Diseño e Integración Multimedia del SENA, además de especialista en Fotografía Publicitaria. Experiencia en periodismo de campo frente a cámara, redacción web y gestión de redes sociales

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