Colombia
Conductores de carros y motos: esta es la fecha límite para pagar el impuesto vehicular en julio de 2026
El impuesto vehicular aplica para carros, motos de más de 125 c.c. y otros automotores sujetos a la obligación tributaria.
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3 de jul de 2026, 07:00 p. m.
Actualizado el 3 de jul de 2026, 07:00 p. m.
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Los conductores de carros y motos en el país deberán estar atentos al calendario tributario de julio, pues en los próximos días vencerá el plazo para pagar el impuesto vehicular sin exponerse a sanciones e intereses por mora.
En el caso de Bogotá, quienes no aprovecharon el descuento por pronto pago que estuvo disponible hasta el pasado 15 de mayo, todavía pueden cancelar el impuesto sobre vehículos automotores dentro del plazo ordinario establecido por la Secretaría Distrital de Hacienda.
De acuerdo con la información oficial, los propietarios de vehículos que aún no han cumplido con esta obligación tributaria tendrán plazo para realizar el pago del impuesto vehicular hasta el próximo viernes, 24 de julio.
Los propietarios que decidieron acogerse al Sistema de Pago Alternativo por Cuotas Voluntario (Spac) también deberán revisar el calendario establecido para esta modalidad.
Este mecanismo permitió diferir el pago del impuesto en dos cuotas, sin generar intereses, para quienes se inscribieron dentro del plazo fijado por la Administración distrital.

De acuerdo con el cronograma, la primera cuota vence este viernes, 3 de julio, mientras que la segunda deberá cancelarse el viernes, 4 de septiembre, del año en curso.
Ahora bien, para realizar el pago, los contribuyentes deben ingresar a la Oficina Virtual de la Secretaría Distrital de Hacienda, descargar el cupón correspondiente y efectuar la transacción por internet o en las entidades financieras autorizadas.
El impuesto sobre vehículos automotores aplica para los propietarios de vehículos nuevos, usados y aquellos que ingresan temporalmente al territorio colombiano. En cuanto al valor de la obligación, esta se determina con base en el avalúo comercial del automotor, siguiendo las tarifas que define cada año el Gobierno Nacional.
No obstante, la normativa contempla algunas excepciones. Entre los vehículos que no deben pagar este tributo se encuentran las bicicletas, motonetas y motocicletas con motores de hasta 125 centímetros cúbicos, así como los tractores destinados a labores agrícolas, maquinaria para construcción de vías, equipos de uso industrial que no circulan por carreteras abiertas al público y los vehículos de transporte público de pasajeros y de carga.

Las autoridades le recordaron a la ciudadanía que quienes incumplan con el pago del impuesto dentro de los plazos establecidos deberán asumir intereses de mora y las sanciones correspondientes.
En Bogotá, la multa por no cumplir oportunamente con esta obligación asciende a 366.618 pesos, sin perjuicio de los demás cobros que puedan generarse por el retraso en el pago.

Comunicadora social y periodista multifuente graduada de la Universidad Santiago de Cali, con énfasis en política, gobierno y experiencia en presentación y radio.
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