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Alcalde Petro presentó recusación contra el procurador Ordoñez

Según el documento presentado en la recusación, el Procurador tiene un "interés directo en la actuación disciplinaria y por tanto no es un juez imparcial para emitir un fallo objetivo".

31 de diciembre de 2013 Por: Elpais.com.co | Colprensa

Según el documento presentado en la recusación, el Procurador tiene un "interés directo en la actuación disciplinaria y por tanto no es un juez imparcial para emitir un fallo objetivo".

a defensa del alcalde de Bogotá, Gustavo Petro presentó una solicitud de reacusación para que el Procurador General, Alejandro Ordóñez revise el fallo que lo destituyó e inhabilitó por 15 años para ejercer cargos públicos. Según el documento presentado, el Procurador tiene un "interés directo en la actuación disciplinaria y por tanto no es un juez imparcial para emitir un fallo objetivo", por tanto, Petro pide que en relación con la decisión que se debe tomar en respuesta al recurso de resposición, esta persona debe ser elegida por el Senado de la República en una terna que presente el Presidente de la República, el Consejo de Estado y la Corte Suprema de Justicia. Así el Alcalde Mayor de Bogotá argumenta que tendrá garantías en su proceso disciplinario al tener un procurador ad hoc, que no sea subalterno de Ordóñez. La sanciónEl Procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez, anunció la destitución del Alcalde Mayor de Bogotá, Gustavo Petro, por irregularidades a la hora de definir un nuevo esquema de aseo de la Capital del país, en hechos presentados en diciembre de 2012. La sanción está relacionada con la contratación, y el manejo que se dio a ella, para que la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá (EAAB) y la Unidad Administrativa Especial de Servicios públicos, Uaesp, asumieran la prestación del servicio público de aseo de manera exclusiva, sin tener en cuenta que no tenía la experiencia ni la infraestructura para ello. Ordóñez afirmó también que en ese proceso se vulneraron los derechos a la libre empresa, porque se impidió de manera deliberada que operadores distintos al Distrito recogieran los desechos. El procurador Ordóñez señaló que el alcalde Petro actuó en todo este proceso de manera consciente y voluntaria “en la medida en que él sabía que sus decisiones eran irregulares, como lo habían advertido en forma oportuna varias entidades nacionales y distritales, entre ellas la Superintendencia de Industria y Comercio; Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios; la Procuraduría Delegada Preventiva para la Función Pública; la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, CRA; la Contraloría Distrital y el Ministerio del Medio Ambiente”. Igualmente, Ordóñez rechazó los argumentos del alcalde Petro según el cual este cambio de modelo de aseo se debía, en parte, para cumplir las órdenes de la Corte Constitucional de incluir a los recicladores. Aquí Ordóñez, señaló que la Corte no condicionó la adopción de un determinado modelo de aseo: “Dicho de otro modo, no era indispensable que para cumplir con las órdenes de la Corte se asignara la prestación del servicio de aseo únicamente a entidades del Distrito, y menos aun cuando estas empresas eran absolutamente incapaces de asumirlo”. De hecho, este fue el mismo argumento que utilizó la Procuraduría para destituir e inhabilitar, en decisión conocida este mismo lunes, al ex gerente de la EAAB Diego Fernando José Bravo Borda y a Henry Romero Trujillo, en su calidad de director General encargado de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos de Bogotá (UAESP).

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