Un fallo del Juzgado Séptimo Administrativo de Descongestión del Circuito Judicial de Cali negó, en primera instancia, las pretensiones de declarar la nulidad de estas obras.
Una nueva decisión judicial favorece a las megaobras. Un fallo del Juzgado Séptimo Administrativo de Descongestión del Circuito Judicial de Cali negó las pretensiones de declarar la nulidad de estas obras, que se pagan a través de valorización.La sentencia, en primera instancia, acogió la tesis del Municipio de Cali, respaldada por la Procuraduría General de la Nación, de que no se vulneraron los derechos colectivos relacionados con la moralidad administrativa y la defensa del patrimonio público. El accionante alegaba en la acción popular que las megaobras no contaron con todos los estudios y diseños definitivos y que por tanto, los tres contratos celebrados para las megaobras no cumplían con todos los requerimientos que exigen las leyes y decretos de la contratación estatal.Sin embargo, el juez Mauricio Libreros Montoya señaló que para el operador judicial es claro que las normas no exigen la existencia de la totalidad de los proyectos o estudios y menos de manera definitiva... los estudios hasta ese momento fueron suficientes e idóneos para determinar el monto global de las obras y los complementos realizados no afectaron el monto global a repartir y cobrar.El director Jurídico de la Alcaldía de Cali, Javier Mauricio Pachón, indicó que este fallo es significativo para el Municipio en la medida que el accionante alegaba vulneración de derechos colectivos, lo cual fue desvirtuado por el juez.Agregó que hasta la fecha, la Administración ha ganado siete acciones de nulidad y restablecimiento del derecho (que tienen carácter individual) y la acción popular (que es de carácter colectivo).El País intentó conocer la posición de Ramiro Varela sobre el fallo pero no contestó su celular.