Cali
Denuncian maniobras peligrosas con moto que pertenecería a la Secretaría de Movilidad de Cali: “Le robamos la moto a los guardas”
Secretaría de Movilidad de Cali anunció que el lunes 13 de abril se pronunciará ante el caso.
Siga a EL PAÍS en Google Discover y no se pierda las últimas noticias


13 de abr de 2026, 01:19 a. m.
Actualizado el 13 de abr de 2026, 01:19 a. m.
Noticias Destacadas
En las últimas horas, a través de redes sociales comenzó a circular un vídeo en el que se observa a un hombre conduciendo una motocicleta que presuntamente pertenece a la Secretaría de Movilidad.
Según las versiones difundidas, el vehículo fue visto en Terrón Colorado, sin que se conozcan documentos o trámites oficiales que respalden un posible cambio de propietario, lo que despertó dudas sobre la legalidad de su uso.
Además, en el clip, el ciudadano condujo el vehículo sin elementos de protección como el casco y realizó unas maniobras peligrosas en la vía.

“Le robamos la moto a los guardas”, se le escucha decir a esta persona mientras levanta el vehículo sobre una llanta con una maniobra acrobática conocida como ‘caballito’.
Frente a esta situación, la Secretaría de Movilidad anunció que se pronunciará oficialmente sobre el tema en una rueda de prensa programada para el lunes 13 de abril, y también abordará otros temas como los recientes siniestros viales y la jornada del Día de la Movilidad Activa y Sostenible.
Se espera que durante la declaración se entreguen detalles que permitan aclarar el origen y la situación actual del vehículo, así como las acciones que se tomarán ante la forma irresponsable de conducir del civil protagonista del video.
¿Qué dice la norma ante las maniobras peligrosas?
El Código Nacional de Tránsito, en la Ley 769 de 2002, establece que todo conductor debe abstenerse de realizar maniobras que pongan en peligro a las personas o a otros vehículos.
Esta normativa colombiana insta a los ciudadanos a conducir con prudencia para disminuir riesgos en las calles y salvaguardar la vida de los actores viales.

“Toda persona que tome parte en el tránsito como conductor, pasajero o peatón, debe comportarse en forma que no obstaculice, perjudique o ponga en riesgo a las demás y debe conocer y cumplir las normas y señales de tránsito que le sean aplicables, así como obedecer las indicaciones que le den las autoridades de tránsito", expone el Artículo 55 del Código de Tránsito.
En dado caso de incumplir este artículo, el conductor se expone a una infracción de tránsito tipo D, que es sancionada con 30 salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV), además de la inmovilización del vehículo.
Mientras que en el artículo 96 del Código Nacional de Tránsito se lee que el no portar el casco o llevarlo mal abrochado acarrea una multa tipo C (infracción C24) de 15 salarios mínimos legales diarios vigentes e inmovilización de la moto.

Comunicadora social con experiencia en comunicación organizacional, creación de contenido digital y redacción periodística y corporativa.
6024455000









