Judicial
¿Asesinos de María Camila Potosí deberán responder por el homicidio de su bebé? Esta es la inesperada respuesta
En el caso de la madre, los cinco capturados deberán responder por los delitos de feminicidio, secuestro agravado, desaparición forzada y ocultamiento o destrucción de material probatorio.
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31 de jul de 2026, 12:54 p. m.
Actualizado el 31 de jul de 2026, 01:45 p. m.
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La clave para el juzgamiento de las cinco personas capturadas este jueves 30 de julio por el secuestro y posterior asesinato de María Camila Potosí, quienes en las próximas horas serán presentadas ante un juez penal municipal de Cali con funciones de control de garantías, está en el dictamen de Medicina Legal.
Serán los resultados de la necropsia al cuerpo de Alahia, la bebé de ocho meses de gestación extraída del cuerpo de su madre, los que determinen si la bebé alcanzó a vivir luego de ser retirada del vientre o si falleció estando aún dentro de su madre.
Ese análisis es clave para que los funcionarios de la Fiscalía General de la Nación determinen los cargos que imputarán a los responsables de este hecho, toda vez que las leyes en Colombia establecen que no se debe responder por el delito de homicidio cuando la muerte es causada a un ser que no ha respirado por si mismo fuera del vientre.

De acuerdo con algunas sentencias de la Corte Constitucional, como la C-355 del 2006, existe la protección del no nacido, pero esa justicia se garantiza mediante otras conductas punibles como el aborto o lesiones al feto, pero de ninguna manera se configura el delito de homicidio culposo en estos casos.
En otras palabras, para que jurídicamente se configure el delito de homicidio la ley en Colombia exige que la víctima sea una persona nacida viva.
Si la criatura alcanza a salir del vientre, respira por sí misma o tiene signos vitales por un instante y luego muere a causa de la agresión externa, el delito se transforma de inmediato en homicidio.
Pero si la muerte ocurre dentro de la cavidad uterina, lo único que podrán hacer los fiscales del caso de María Camila será considerar la muerte de Alahia simplemente como una afectación al feto o un aborto no consentido.
El Código Civil en Colombia señala en su Artículo 93 un hecho fundamental en la vida del sujeto: el comienzo de su existencia legal a partir de haber nacido vivo.

Para el caso de la María Camila, El País conoció que en la audiencia de imputación de cargos a los delincuentes capturados se pedirá que sean juzgados por los delitos de secuestro agravado, feminicidio agravado, desaparición agravada y ocultamiento o destrucción de elemento material probatorio.
María Camila Potosí fue secuestra el pasado 16 de julio por Yulieth Angulo, quien de acuerdo con las investigaciones, la llevó hasta un lugar donde habría sido asesinada y extraído su bebé con la complicidad de los cuatro hombres que fueron capturados.
Posteriormente, su cuerpo fue hallado a orillas del río Meléndez pero la autopsia indicó que su bebé de ocho meses de gestación había sido extraído y se inició la búsqueda con la esperanza para sus familiares de encontrar a Alahia, su bebé, con vida.
El cuerpo de la bebé fue encontrado dos semanas después en una zona boscosa cerca al lugar de donde fue hallada la madre.

Periodista y editor de la Unidad Investigativa. Egresado de la Universidad Santiago de Cali y con especialización en Cultura de Paz y DIH de la Universidad Javeriana. Escritor y coproductor de documentales.










