Tragicomedia en tres actos y un epílogo es lo que ha pasado con las idas y venidas del incremento del salario mínimo, y que al final del día vuelve a mostrar que seguimos la vieja tradición de la época colonial según la cual la ley se obedece, pero no se cumple.
Primer acto: en la comisión de concertación del salario mínimo no hay acuerdo porque los empresarios ofrecen un aumento del 7,5 %, los sindicatos piden el 16 % y el gobierno, que debería ser el mediador que acerque posiciones, decreta un sorpresivo aumento del 23 %, buscando votos para su campaña electoral. Los gremios, los políticos y los medios se rasgan las vestiduras y claman que va a ser un desastre para la economía por su impacto en la inflación y el desempleo.
Segundo acto: se presentan múltiples demandas solicitando la nulidad del decreto y el Consejo de Estado, que usualmente tarda meses en proferir una sentencia definitiva, también de manera sorpresiva saca una sentencia de suspensión provisional del decreto por ser contrario a la ley, y ordena la expedición de un nuevo decreto que sí sea legal. Los gremios, los políticos y los medios, asustados por los efectos electorales, dan una voltereta y se van contra la sentencia y piden que se mantenga el mismo aumento del 23 %.
Tercer acto: el gobierno, en modo campaña electoral, se va a las plazas públicas a defender el aumento, pero al mismo tiempo expide un nuevo decreto con un aumento del… 23 %, incurriendo otra vez en las mismas ilegalidades criticadas por el Consejo de Estado.
El epílogo está por verse, pero lo más probable es que se repita la historia del 2016, cuando el Consejo de Estado sentenció la nulidad del aumento del salario mínimo del gobierno Santos catorce meses después de decretada, por lo que los hechos cumplidos prevalecieron sobre los fallos judiciales y no cambió nada. Lo mismo pasará ahora cuando, hacia el final del año, el Consejo de Estado expida la sentencia definitiva que confirme la nulidad del decreto. Entonces la economía ya habrá sufrido las consecuencias negativas del aumento exagerado, el gobierno habrá cobrado sus réditos electorales y la sentencia será un saludo a la bandera que se guardará para la memoria histórica.
Sin embargo, esta vez la eventual declaratoria de nulidad sí puede tener un efecto importante y es evitar que se repitan en el futuro los errores conceptuales y metodológicos de los cálculos con que el gobierno trata de justificar el 23 %. Son varios, pero por espacio solo señalo dos.
El primero, que para calcular el aumento del salario suma dos factores que menciona la Ley 278, pero solo como parámetros para tener en cuenta y no como valores aritméticos que se deban sumar. Son el crecimiento del PIB y la contribución de los salarios al ingreso nacional, que este año añadirían 7,36 % al salario. Nunca en el pasado se han sumado estos valores, no hay razón económica que justifique hacerlo, e incluirlos en el futuro llevaría a aumentos permanentes del salario que duplican o triplican la inflación.
El segundo, no incluir dentro de la cifra del salario mínimo vital ($1.750.000) los gastos de transporte, de manera que al decretar un auxilio de transporte adicional por $250.000 está duplicando este ítem y decretando un ingreso total que excede los mismos parámetros oficiales del salario vital.