La confianza es el adhesivo de una sociedad. Es el cimiento de la relación en pareja, al interior de la familia, entre amigos, en el trabajo y en el funcionamiento de la comunidad. Se basa en la creencia de que otros actuarán de manera honesta, íntegra y previsible. Es el marco de la colaboración entre seres humanos al que algunos científicos sociales atribuyen la evolución y progreso excepcional de nuestra especie, a diferencia de otras, incluso, extintas.
En el caso de los funcionarios públicos, es el pilar de la legitimidad del Estado. Por eso, cuando los niveles de confianza en ellos se pierden, implosiona la de las instituciones. No podía ser distinto, pues se basa en la integridad, transparencia, eficiencia y compromiso en la prestación de los servicios. Cuando la confianza se pierde o deteriora, se reduce la capacidad de los poderes públicos en el cumplimiento de sus objetivos misionales y legales.
El funcionario, independiente de si es de libre nombramiento y remoción o de carrera, y los de contrato de servicios se deben a la confianza ciudadana. Es a esta a la que deben rendir cuentas. No solo porque son los ciudadanos los que a través de impuestos pagan su salario o el precio de sus servicios, sino porque sus acciones deben encaminarse, en últimas, a mejorar sus condiciones de vida y el desarrollo de la sociedad en su conjunto.
Más en cargos directivos llamados de confianza, que incluyen a las empresas del Estado, empezando por Ecopetrol, la compañía más grande e importante del país y del sector energético, principal fuente individual de recursos del Estado. Su presidente no es, por ende, cualquier funcionario. La confianza depositada en él y a la que debe responder con creces es de nivel superior. Como la que recae en la Junta Directiva que lo nombra. Dicho lo anterior, la presunción de inocencia es el más relevante principio en el derecho penal. Establece que toda persona acusada de un delito se considere inocente hasta que una sentencia judicial en firme determine lo contrario. Es decir, debe ser tratada como inocente mientras no se le condene y la carga de la prueba corresponde a quien acusa. Busca proteger a los ciudadanos de las arbitrariedades del Estado, que nunca faltan, más ahora.
Pero, cuando para efectos de la continuidad de un funcionario en un cargo del más alto grado entran en conflicto la confianza y la presunción de inocencia, debe prevalecer la primera sin que se entienda como un prejuzgamiento. Si se tratase de un colaborador del Estado sin responsabilidades directivas, sería distinto. Lo que no tiene sentido es que un servidor de confianza se aferre al cargo cuando la confianza en él se ha perdido.
Corresponde a un juez establecer si Ricardo Roa, presidente de Ecopetrol, es culpable de los delitos que la Fiscalía General le imputa, sin perjuicio de que el Consejo Nacional Electoral lo halló responsable de violar los topes de ley, procediendo a sancionarlo. Lo que está en discusión es si Roa debe continuar mientras adelanta su defensa, por el impacto negativo de su permanencia en la compañía. Más, tratándose del alto cargo que ostenta.
Ricardo Roa ha debido renunciar hace mucho tiempo. Sigue ahí por su cercanía con el Presidente de la República (entiéndase lealtad recíproca por razones de público conocimiento). La junta directiva de Ecopetrol no hará nada sin su consentimiento; es en su mayoría ventrílocua. Lo más paradójico de todo -y que evidencia lo mal que está el país- es que los mercados parecieran preferir que siga en el cargo a que llegue alguien con un perfil más mediocre y radical. Un riesgo cierto, pero que no exonera el deber ser. Por ética y respeto a la ciudadanía.