El pasado 27 de abril se dio a conocer un procedimiento de extinción de dominio realizado contra establecimientos asociados a Lili Pink. Hoy, a casi un mes de este hecho, las autoridades mantienen a un solo capturado dentro del proceso.
Se trata del abogado Walter Francisco Martínez, a quien la Fiscalía lo señala de haber sido representante legal de siete empresas de papel que, presuntamente, fueron utilizadas para soportar operaciones relacionadas con contrabando y lavado de activos.
Aunque sobre él pesa una medida de aseguramiento intramural, actualmente permanece en un centro médico de Barranquilla y, según la investigación, su perfil jurídico habría sido determinante para diseñar mecanismos que permitieran justificar documentalmente el ingreso de mercancías al país.
El amplio expediente de Martínez
Por estos hechos, enfrenta cargos por lavado de activos, concierto para delinquir y contrabando, delitos que podrían terminar en una condena superior a los 20 años de prisión en caso de ser encontrado culpable.
Ahora bien, su situación no para ahí. La revista Semana informó que el capturado ya había protagonizado disputas legales con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).
Uno de los casos más importantes ocurrió en enero de 2022, cuando actuó como representante de la empresa Valmares Importaciones S. A. S. en una demanda relacionada con el decomiso de mercancía en Santa Marta.
En ese caso, el abogado reclamaba la devolución de productos que rondaban los $1.000 millones de pesos. En el proceso cuestionó la actuación de la División de Gestión de Fiscalización de la Dirección de Aduanas de Santa Marta y argumentó que existía una “falsa motivación” por parte de la entidad para ejecutar el decomiso.
Sin embargo, la Dian rechazó esas afirmaciones y sostuvo que la mercancía no cumplía con la documentación ni con los requisitos legales necesarios para acreditar su ingreso regular al país.
La demanda finalmente fue negada el 4 de marzo. En su decisión, el Tribunal del Magdalena concluyó que no se logró demostrar irregularidades en el procedimiento adelantado por la autoridad aduanera.
“La parte actora no demostró inconsistencia grave, tergiversación probatoria, ni la existencia de hechos sustanciales ignorados por la Dian que hubieran variado el sentido de la decisión. Por el contrario, el análisis físico y documental practicado permitió concluir la falta de acreditación de la legal introducción de la mercancía, presupuesto suficiente para confirmar el decomiso”, señaló el tribunal, según lo expuesto por el medio citado anteriormente.
Junto a esto, se suma que el abogado habría representado al menos a tres empresas relacionadas con actividades de importación y exportación. Las acciones judiciales buscaban revertir decomisos e impedir restricciones sobre cargamentos de textiles procedentes de China y Panamá.