Para el cierre del año 2024 la Cámara de Comercio tenía registradas un poco más de 110.000 compañías y unidades de negocio y aunque no todas las empresas tienen la obligación de inscribirse en el Registro Único de Proponentes, solo el 2 % de estas empresas cuentan con esta inscripción. Esto significa que aproximadamente 2100 empresas están formalmente habilitadas para participar en procesos de contratación con el Estado, lo que refleja tanto una oportunidad de mercado como un llamado a quienes buscan hacer negocios con entidades públicas para cumplir este requisito.
La contratación pública en Colombia exige transparencia, legalidad y acceso igualitario para quienes desean ser parte de los procesos estatales. En este contexto, el Registro Único de Proponentes (RUP) se consolida como el requisito que habilita a las personas naturales o jurídicas que buscan contratar con el Estado. La gestión y expedición del RUP es una de las funciones delegadas por ley a la Cámara de Comercio de Cali, garantizando centralización y publicidad de la información de los proponentes.
Es importante tener presente que el RUP es obligatorio para quienes desean participar en procesos de contratación pública, salvo excepciones contempladas en la Ley 1150 de 2007, como contratación directa, servicios de salud, mínima cuantía, enajenación de bienes del Estado, adquisición de productos agropecuarios en bolsas legalmente constituidas, actividades comerciales e industriales propias de empresas estatales y contratos de concesión.
“Hay cierto nivel de desconfianza por parte de los empresarios que los limita a participar procesos de contratación con el estado. Tenemos que continuar trabajando de manera mancomunada entre entidades públicas, privadas y organizaciones, para recuperar esa confianza, apalancados en la tecnología”, expresó Ana María Lengua, directora de Registros Públicos y Redes Empresariales de la CCC, quien también expuso la necesidad de invitar a las empresas en etapa temprana a participar de estas oportunidades.
“Si bien es cierto que desde el punto de vista legislativo se ha intentado movilizar a las empresas en etapa temprana para contratar con el estado, de los 2100 proponentes a diciembre del 2024 registrados en la Cámara de Comercio de Cali, solamente el 40 % son microempresas”, puntualizó.
Beneficios de estar inscrito en el RUP
- Visibilidad: La información relacionada con los requisitos que habilitan al proponente, estará publicada en el RUES y será de fácil acceso para cualquier tercero interesado en la misma.
- Oportunidades: Permite participar en procesos de contratación estatal.
- Respaldo legal: El certificado del RUP sirve como prueba oficial de la información registrada ante la Cámara de Comercio.
Requisitos y proceso de inscripción
Para inscribirse, el proponente debe diligenciar el formulario del Registro Único Empresarial (RUES) y su anexo, aportando documentos que acrediten experiencia, capacidad jurídica y financiera. La experiencia puede acreditarse con certificaciones de contratos ejecutados, copias de contratos, órdenes de compra o servicio, actas de liquidación, entre otros. Es importante destacar que la experiencia es requisito habilitante, aunque las empresas recién constituidas pueden acreditar la experiencia de sus socios o accionistas.
Tarifas y renovación
Las tarifas para 2025 son: inscripción y renovación $792.000 COP, actualización $423.000 COP y certificados $72.000 COP. La renovación debe realizarse hasta el quinto día hábil de abril de cada año; de lo contrario, cesan los efectos de la inscripción y se requiere nueva inscripción.
Trámite vía virtual
La Cámara de Comercio de Cali pone a disposición de los proponentes un aplicativo virtual para la gestión del RUP, permitiendo diligenciamiento, control de cifras y pago en línea. Además, ofrece asesoría presencial y virtual, guías prácticas y modelos de certificación en su sitio web www.ccc.org.co y a través del call center 8861300.
Importancia del RUP actualizado
Para participar en licitaciones, el certificado del RUP debe estar actualizado y en firme, condición que se adquiere 10 días hábiles después de la publicación en el RUES. La fecha de renovación corresponde al registro realizado por la entidad cameral, no a la radicación de la solicitud.