La ley busca garantizar que cada persona pueda ejercer el derecho al voto sin presiones ni obstáculos. De ahí que ocultar, retener o hacer desaparecer el documento de identidad de otra persona podría dar lugar a investigaciones penales y a las sanciones previstas en la legislación colombiana.

De hecho, la legislación colombiana contempla sanciones para quienes oculten, retengan o hagan desaparecer este documento con el propósito de afectar el ejercicio del derecho al sufragio de otra persona.

Las cifras oficiales indican que 41.421.973 ciudadanos están habilitados para participar en la jornada electoral que definirá al próximo presidente de Colombia. De ese total, 1.414.661 corresponden a colombianos residentes en el exterior que también podrán ejercer su derecho al voto.

La legislación colombiana contempla sanciones para quienes oculten, retengan o hagan desaparecer este documento. | Foto: FOTO DE REGISTRADURÍA

Precisamente para garantizar la participación de los ciudadanos, el Código Penal establece castigos para quienes interfieran en los procesos electorales mediante la retención o desaparición de documentos de identificación.

La conducta está contemplada en el artículo 395 de la legislación penal colombiana, que sanciona a quien haga desaparecer, posea o retenga cédulas de ciudadanía o cualquier otro documento destinado al ejercicio del sufragio.

¿Qué sanciones establece la ley?

Según la norma, quien incurra en este delito podrá enfrentar una pena de prisión de entre cuatro y ocho años.

Además, la disposición contempla multas que van desde 50 hasta 200 salarios mínimos mensuales legales vigentes, dependiendo de las circunstancias del caso.

La finalidad de estas sanciones es proteger el derecho de los ciudadanos a participar libremente en las elecciones y evitar que terceros interfieran en el desarrollo de la jornada democrática.

La legislación colombiana también castiga otras conductas que pueden afectar el normal desarrollo de las elecciones.

Entre ellas se encuentra la obstrucción de la inscripción de candidatos o listas para cargos de elección popular. El artículo 396 del Código Penal establece sanciones para quienes impidan o dificulten estos procedimientos.

La norma contempla responsabilidades para los servidores públicos encargados de adelantar dichos trámites. En caso de incumplir sus funciones, retrasar injustificadamente las inscripciones o entorpecer el proceso, podrían enfrentar sanciones adicionales, incluida la inhabilidad para ejercer cargos públicos por un tiempo determinado.

Este 21 de junio, Colombia define quién será el nuevo presidente. | Foto: Sebastian Castillo

Estas disposiciones no solo aplican a las elecciones de autoridades públicas, sino también a otros mecanismos de participación ciudadana contemplados por la Constitución y la ley, como referendos, consultas populares, plebiscitos o procesos de revocatoria del mandato.

Lo que deben tener en cuenta los votantes

Para participar en la segunda vuelta presidencial, los ciudadanos deberán presentar su cédula de ciudadanía en el puesto de votación asignado por la Registraduría Nacional.

La recomendación para los electores es verificar previamente su lugar de votación y portar su documento de identidad el día de las elecciones para evitar contratiempos al momento de sufragar.