Los trabajadores afiliados a una caja de compensación familiar pueden acceder a un beneficio especial contemplado en la legislación colombiana: el pago de una doble cuota del subsidio familiar. Así lo estipula una ley en la que se busca apoyar a los empleados, cuando estos tienen que responder por otros miembros de su familia.
Dicho subsidio familiar, una prestación social administrada por las cajas de compensación y financiada con los aportes que realizan los empleadores, busca aliviar las cargas de los trabajadores con menores ingresos y grandes responsabilidades, mediante apoyos en dinero, servicios y beneficios como subsidios de vivienda, educación, recreación y salud.
Por ello, para aquellas personas que lo necesitan, la posibilidad de recibir una doble cuota está contemplada en el artículo 30 de la Ley 21 de 1982, norma que regula el subsidio familiar en Colombia, y con la que, en algunos casos, el apoyo económico se traduce en que puede mantenerse de por vida, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por la ley.
Así las cosas, y según esta disposición, los hijos con discapacidad o los hermanos huérfanos de padre que hayan perdido más del 60 % de su capacidad normal de trabajo tienen derecho al subsidio familiar sin límite de edad.
Pero, además, si reciben educación o formación profesional especializada, el trabajador afiliado tendrá derecho a percibir una doble cuota del subsidio por ese beneficiario.
En otras palabras, cuando un trabajador tiene a cargo un hijo o un hermano que cumple estas condiciones, el beneficio económico no finaliza al alcanzar la mayoría de edad, 18 años, como ocurre en la mayoría de los casos, sino que puede mantenerse de manera permanente mientras continúen cumpliéndose los requisitos previstos en la ley.
“Los hermanos huérfanos de padre y los hijos que sean inválidos o de capacidad física disminuida, y que hayan perdido más del sesenta por ciento (60 %) de su capacidad normal de trabajo, causarán derecho al subsidio familiar sin ninguna limitación en razón de su edad y percibirán doble cuota de subsidio si reciben educación o formación profesional especializada en establecimiento idóneo”, se lee en la Ley 21 de 1982.
Así, la normativa establece una protección especial para las familias que tienen a su cargo a estas personas, siendo el subsidio Familiar “una prestación social pagadera en dinero, especie y servicios, a través de las cajas de compensación familiar, las cuales obran como operadoras y administradoras de estos recursos”, señala el Ministerio de Trabajo.