El próximo lunes 13 de julio será festivo en Colombia por primera vez, luego de que el Gobierno Nacional sancionara la Ley 2578 del 1 de junio de 2026, que declaró como fiesta nacional el Día de Nuestra Señora del Rosario de Chiquinquirá.

Aunque la celebración religiosa se conmemora cada 9 de julio, este año el descanso se trasladó al lunes siguiente, lo que ha despertado dudas entre trabajadores y empleadores sobre si el nuevo festivo es de obligatorio cumplimiento y cómo debe remunerarse a quienes deban laborar durante esa jornada.

La respuesta es sí. Al tratarse de una ley vigente, el descanso debe ser reconocido por todos los empleadores del país o, en caso de que el trabajador preste sus servicios ese día, deberá recibir el pago con los recargos establecidos en la legislación laboral.

Pablo Hernández Hussein, socio y líder de Derecho Laboral y Seguridad Social de Scola Abogados, explicó a El Tiempo que la nueva disposición tiene plena aplicación desde este año.

“Al tratarse de una ley nacional vigente, su cumplimiento es obligatorio. En ese sentido, debe concederse el descanso o, si se labora ese día, pagarse los recargos previstos para los días de descanso obligatorio”, señaló el experto.

Añadió que el incumplimiento de esta obligación podría derivar en sanciones por parte del Ministerio del Trabajo, además de eventuales reclamaciones judiciales por parte de los empleados.

Calendario julio 2026 | Foto: El País

¿Cuánto debe pagarse si se trabaja el festivo?

Quienes deban trabajar el lunes 13 de julio tendrán derecho al recargo correspondiente por laborar en un día de descanso obligatorio.

Con base en el Salario Mínimo Legal Vigente de 2026, fijado en $1.750.905, sin incluir el auxilio de transporte, el valor de la hora ordinaria es de aproximadamente $7959.

Al aplicar el recargo del 80 % previsto para domingos y festivos, cada hora trabajada equivale a cerca de $14.330. En consecuencia, un trabajador que devengue el salario mínimo y cumpla una jornada ordinaria recibiría alrededor de $105.010 por ese día.

La remuneración puede ser superior cuando la jornada se desarrolla en horario nocturno. De acuerdo con el artículo 10 de la Ley 2466 de 2025, el trabajo realizado entre las 7:00 p. m. y las 6:00 a. m. genera un recargo nocturno del 35 %, el cual se suma al pago correspondiente por tratarse de un día festivo.

Así se calcula el pago

Para el trabajo en domingos o festivos, el valor de la hora se obtiene aplicando el recargo del 80 % sobre la tarifa ordinaria.

Con el salario mínimo de 2026, el cálculo es el siguiente:

  • Valor de la hora ordinaria: $7959.
  • Valor de la hora con recargo del 80 %: aproximadamente $14.330.
  • Valor aproximado de una jornada completa: $105.010.
Trabajadores y empleadores están atentos a la ley que estableció el 13 de julio como festivo en Colombia. | Foto: El País
Después del festivo llegará otro cambio laboral

Pocos días después de este nuevo puente festivo entrará en vigor otro cambio para los trabajadores del país. Desde el 15 de julio de 2026 la jornada máxima laboral semanal se reducirá de 44 a 42 horas, como parte de la implementación gradual de la medida aprobada en Colombia.