A partir del 15 de julio de 2026 entra en vigor la fase final de la reducción progresiva de la jornada laboral en Colombia, que pasa de 44 a 42 horas semanales, en cumplimiento de la Ley 2101 de 2021.

Así lo explicó Laura Pérez, abogada especialista en Derecho Laboral y Seguridad Social de Scola Abogados, quien detalló los principales efectos jurídicos, operativos y económicos de la medida.

Según la experta, este cambio no implica una reducción salarial ni una modificación en el valor de la hora ordinaria de trabajo. Tampoco altera el régimen de prestaciones sociales ni las obligaciones laborales vigentes.

“La disminución de la jornada no implica una reducción del salario ni de las prestaciones sociales. Lo que hace es obligar a las empresas a reorganizar la distribución del tiempo de trabajo dentro del nuevo límite legal”, señaló.

Pérez precisó que la reducción de dos horas semanales impacta directamente la jornada máxima legal, lo que también se traduce en ajustes del cálculo mensual de horas laborales. Este cambio aplica sin distinción de la modalidad de trabajo, incluyendo jornadas especiales, lo que obliga a las compañías a revisar sus esquemas de programación.

En materia de adaptación empresarial, la abogada advirtió que la transición requiere una revisión integral de la operación interna. Esto incluye la evaluación de turnos, cargas laborales y procesos críticos.

En sectores con operación por turnos, como el comercio o la manufactura, podría ser necesario rediseñar ciclos de trabajo, reorganizar descansos e implementar modelos de rotación más eficientes.

La reducción del límite semanal disminuye el umbral a partir del cual se genera trabajo suplementario. | Foto: 2018 All rigths reserved.

La clave está en entender que la jornada laboral y el horario de trabajo son conceptos distintos: la ley reduce el tiempo máximo de trabajo, pero mantiene flexibilidad para distribuir esas horas dentro de la operación”, explicó.

Uno de los efectos más relevantes de la reforma está relacionado con el cálculo de horas extras. De acuerdo con Pérez, la reducción del límite semanal disminuye el umbral a partir del cual se genera trabajo suplementario. Esto significa que, si las empresas no ajustan sus esquemas de programación, podrían incrementarse las horas extras y, en consecuencia, los costos laborales.

Los recargos por trabajo nocturno, dominical y festivo no presentan cambios en sus reglas ni porcentajes. Sin embargo, la experta advirtió que será necesario un mayor control en la gestión de turnos para evitar errores en la liquidación de nómina y posibles contingencias.

En cuanto a los riesgos jurídicos, Pérez señaló que el principal impacto para las empresas está en el aumento de reclamaciones laborales por horas extras no reconocidas o recargos mal liquidados. A esto se suman posibles sanciones administrativas por parte del Ministerio del Trabajo y eventuales procesos judiciales.

El incumplimiento puede derivar no solo en obligaciones económicas, sino también en investigaciones administrativas por vulneración de las normas sobre jornada laboral”, indicó.

El nuevo esquema establece un máximo de 42 horas semanales sin disminución salarial. | Foto: Alcaldía de Cali

Finalmente, la abogada destacó que los sectores con mayores retos serán aquellos que requieren operación continua, como hotelería, turismo, comercio, salud, transporte, vigilancia y manufactura. En estos casos, la reducción de la jornada podría implicar contratación adicional, rediseño de turnos o mayores costos operativos.

No obstante, la normativa mantiene márgenes de flexibilidad en la organización del trabajo, siempre que se respeten los límites legales y se reconozcan adecuadamente las horas y recargos correspondientes.