La prima de diciembre continúa siendo uno de los ingresos más esperados por millones de trabajadores formales en Colombia. Aunque cada cierre de año surgen dudas sobre los requisitos para acceder a este beneficio, la legislación laboral ofrece una respuesta precisa y favorable para el empleado.

Basta con haber laborado un día durante el semestre para generar el derecho. Este punto, que suele pasar inadvertido, es clave para entender cómo se calcula y quiénes reciben el pago correspondiente al periodo de julio a diciembre de 2025.

Trabajadores se preparan para recibir la prima de diciembre. | Foto: El País

El reconocimiento de la prima no depende de completar meses o semanas específicas, sino del simple hecho de existir un vínculo laboral. Por eso, tanto empresas como trabajadores deben comprender las condiciones que rigen esta prestación, cómo se liquida y qué verificar al momento de recibir el desprendible de pago.

La prima de servicios es una prestación social obligatoria para todas las personas vinculadas mediante contrato laboral, sin importar si el cargo es a término fijo, indefinido, por días o en jornada parcial.

También cobija a empleadas domésticas, trabajadores del servicio familiar y personas que laboran de manera discontinua. La ley es clara en que la jornada u horario no condicionan el derecho, basta con iniciar labores para que empiece a generarse la proporción correspondiente.

Esto implica que si un trabajador estuvo vigente al menos un día entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2025, tiene derecho a recibir la prima proporcional. Esto aplica incluso cuando la persona renuncia, es despedida antes del cierre del semestre, se encuentra en periodo de prueba o fue contratada a mitad de año.

También cobija a empleadas domésticas, trabajadores del servicio familiar y personas que laboran de manera discontinua. | Foto: agencia 123rf

La fórmula oficial que define este pago es establecida por el Ministerio de Trabajo: Prima = (Salario base × Días trabajados en el semestre) ÷ 360. Los 360 días representan el año completo, y para quienes laboran todo el segundo semestre se toman 180 días como referencia. En casos de periodos inferiores, se reemplaza el número por los días realmente trabajados.

El salario base varía según el tipo de remuneración. Para quienes reciben salario fijo, se usa el valor mensual vigente; para salarios variables, se calcula un promedio del semestre, incluyendo comisiones o bonificaciones que constituyan salario. El auxilio de transporte se suma si el trabajador devenga hasta dos salarios mínimos.

En cuanto a las fechas, la normativa establece que la prima de diciembre debe pagarse máximo el 20 de diciembre de 2025.

En el sector público, la llamada “prima de Navidad” debe ser cancelada dentro de los primeros 15 días de diciembre, ajustándose siempre a la proporción trabajada.