La Alcaldía de Cali, a través del Departamento Administrativo de Hacienda, dio a conocer el Calendario Tributario 2026, que fija las fechas para la declaración y el pago de los principales impuestos distritales, como el Predial, Industria y Comercio (ICA) y las estampillas, con el fin de que los contribuyentes se programen y eviten sanciones o intereses de mora.

Impuesto Predial Unificado

Los contribuyentes del Impuesto Predial que se encuentren al día y no tengan deudas pendientes podrán acceder a un descuento del 15 % si realizan el pago en una sola cuota hasta el 30 de abril de 2026.

Quienes no accedan al beneficio podrán pagar el valor total del impuesto hasta el 30 de septiembre de 2026, sin descuento, pero también sin intereses de mora.

La Alcaldía advirtió que, si el pago no se realiza antes de esa fecha, a partir del 1 de octubre de 2026 se generarán intereses moratorios sobre el valor total o el saldo pendiente correspondiente a la vigencia fiscal 2026.

Industria y Comercio (ICA) anual

El pago del ICA anual correspondiente al año gravable 2025 (vigencia fiscal 2026), junto con el impuesto complementario de Avisos y Tableros, se realizará de acuerdo con los ingresos netos declarados en Cali y el último dígito del NIT, sin incluir el dígito de verificación.

Para quienes reporten ingresos iguales o superiores a 131.952 UVT, los vencimientos van del 2 al 6 de marzo de 2026, según el NIT.

Los contribuyentes con ingresos entre 32.998 UVT y menos de 131.952 UVT deberán declarar entre el 6 y el 10 de abril de 2026.

En el caso de quienes tengan ingresos inferiores a 32.998 UVT, los plazos se extenderán entre el 4 y el 28 de mayo de 2026, distribuidos de manera individual según el último número del NIT.

Plazos para la presentación y pago de la declaración anual Año Gravable 2025, vigencia fiscal 2026. | Foto: Alcaldía de Cali

ICA bimestral 2026: fechas durante todo el año

El calendario también establece los vencimientos del ICA bimestral, igualmente determinados por el último dígito del NIT.

Los pagos se realizarán así:

  • Enero – febrero: del 9 al 13 de marzo de 2026
  • Marzo – abril: del 11 al 15 de mayo de 2026
  • Mayo – junio: del 13 al 17 de julio de 2026
  • Julio – agosto: del 7 al 11 de septiembre de 2026
  • Septiembre – octubre: del 9 al 13 de noviembre de 2026
  • Noviembre – diciembre: del 18 al 22 de enero de 2027

Retención del ICA (Reteica)

La declaración y el pago de la retención bimestral del ICA deberán realizarse en las mismas fechas establecidas para el ICA bimestral, también de acuerdo con el último dígito del NIT.

La presentación y el pago de la declaración bimestral del impuesto de Industria y Comercio y su complementario de Avisos y Tableros, correspondiente al año gravable 2026, así como de la declaración bimestral de Retención en la Fuente del impuesto de Industria y Comercio durante el mismo año, deberán realizarse en las fechas indicadas en el cuadro, de acuerdo con el último dígito del NIT, sin tener en cuenta el dígito de verificación. | Foto: Alcaldía de Cali

Estampillas y tasas distritales

Las estampillas de Procultura, Prodesarrollo Urbano, Bienestar del Adulto Mayor, Justicia Familiar y la Tasa Prodeporte se deberán declarar y pagar de manera mensual, dentro de los primeros 10 días del mes siguiente o en la fecha hábil indicada.

Los vencimientos comienzan el 10 de febrero de 2026 (correspondiente a enero) y se extienden hasta el 12 de enero de 2027, cuando vence el pago correspondiente a diciembre de 2026.

Estos son los plazos para declarar y pagar las estampillas Pro Cultura, Pro Desarrollo Urbano, Bienestar para el Adulto Mayor y Tasa Pro Deporte. | Foto: Alcaldía de Cali

Canales habilitados para el pago de impuestos

La presentación y el pago de las declaraciones tributarias podrán realizarse en las ventanillas de la Subdirección de Tesorería Municipal y en entidades bancarias como GNB Sudameris, Itaú, Banco de Occidente, Banco de Bogotá, Davivienda, BBVA, AV Villas, Bancoomeva y Banco Popular.

Para el pago del ICA y Reteica a nivel nacional, están habilitados Davivienda y el Banco de Bogotá.

En el caso del Impuesto Predial, también se podrá pagar a través de corresponsales Gane y Efecty, por PSE en el portal www.cali.gov.co, en la aplicación Impuestos Cali y en los puntos habilitados del CAM y el Edificio Bulevar.

Suministro de información

El calendario establece que deberán suministrar información las personas naturales y jurídicas que, al 31 de diciembre de 2024, hayan tenido ingresos brutos iguales o superiores a 3.500 UVT, y que hayan realizado pagos a terceros por 300 UVT o más durante el año gravable 2025 en Santiago de Cali.

Los plazos para la entrega de esta información se cumplirán entre el 22 de julio y el 14 de agosto de 2026, según el último dígito del NIT.

Plazos para presentar la información. | Foto: Alcaldía de Cali