A la hora de comprar un apartamento en Colombia, las personas deben conocer las disposiciones y reglas que rigen en los conjuntos residenciales, las cuales tienen el objetivo de garantizar la sana convivencia, el orden y la seguridad de los habitantes.
Entre las normas más comunes, existen reglamentos para los dueños de mascotas, el uso de parqueaderos y condiciones para el uso de espacios comunes.
No obstante, la norma no solo se limita al comportamiento dentro de la vivienda, sino que también se extiende a otros deberes, como la asistencia a la asamblea anual en conjuntos residenciales.
En Colombia, la Ley 675 de 2001, que regula la propiedad horizontal, establece que los copropietarios deben participar en estas reuniones, y su inasistencia injustificada puede derivar en sanciones.
Cada año, estas asambleas sirven para aprobar el presupuesto, definir el valor de la cuota de administración, elegir o remover al administrador, tomar decisiones sobre bienes comunes e imponer sanciones cuando haya incumplimientos. Por eso, la ley exige que se realicen al menos una vez dentro de los tres primeros meses del año, es decir, a más tardar el 31 de marzo, salvo que el reglamento interno disponga otra fecha.
Además, la administración también deben cumplir con algunas disposiciones, como realizar la convocatoria de citación con un mínimo 15 días de anticipación e incluir información como fecha, hora, modalidad (presencial, virtual o mixta), orden del día, estados financieros y reglas de votación.
En dado caso de no asistir a la citación, el artículo 59 de la Ley 675 contempla tres tipos de sanciones para quienes incumplan sus deberes, y son:
Sociales: publicación del nombre del infractor en lugares visibles del conjunto.
Económicas: multas que no pueden superar dos veces el valor de la cuota de administración por cada inasistencia. Además, el total acumulado de sanciones no podrá exceder diez veces las expensas mensuales.
Restrictivas: limitación en el uso de bienes comunes no esenciales, como salones comunales o zonas recreativas.
Para este 2026, la Federación Colombiana de Lonjas de Propiedad Raíz (Fedelonjas) resaltó que las asambleas cobran especial relevancia debido al incremento del salario mínimo, que impacta directamente costos como vigilancia y aseo.
“En Colombia hay cerca de 14 millones de unidades de vivienda urbana, de estas hay aproximadamente 7 millones bajo el régimen de propiedad horizontal. Hay que tener en cuenta que los servicios de aseo y vigilancia son los rubros que más pesan dentro de la administración, por lo que un aumento del salario mínimo del 23,7 % se ve reflejado en los costos y, sin duda, impactará la administración.
Sin embargo, el incremento en la cuota debe responder a costos reales de operación. En este sentido, estimamos que el aumento sea de entre 18% y 20 %”, declaró Mario Andrés Ramírez, presidente de Fedelonjas.