El inicio del año trae para muchos trabajadores en Colombia una expectativa adicional más allá del salario: el pago de los intereses de las cesantías, un ingreso que suele ayudar a cubrir compromisos financieros propios de los primeros meses. Este beneficio no es opcional para los empleadores y tiene un plazo legal claramente definido.

A diferencia de las cesantías, que se consignan directamente en el fondo elegido por el trabajador, los intereses deben pagarse de forma directa al empleado. La ley establece que este valor corresponde a un porcentaje sobre el saldo acumulado durante el año inmediatamente anterior y debe entregarse dentro de una fecha límite específica.

El inicio del año trae para muchos trabajadores en Colombia una expectativa adicional más allá del salario (Imagen de referencia).

La normativa colombiana señala que los intereses de las cesantías deben ser cancelados a más tardar el 31 de enero de cada año. Este plazo aplica sin excepción para los empleadores del sector privado que tengan trabajadores con contrato laboral formal.

Si el pago no se realiza dentro del tiempo establecido, la ley contempla una sanción económica. En ese escenario, el empleador deberá reconocer al trabajador, por una sola vez, un valor adicional igual al monto de los intereses causados. Esta indemnización no aplica cuando existe una retención autorizada por la ley o acordada previamente entre las partes.

De acuerdo con la Ley 52 de 1975, los intereses de las cesantías equivalen al 12 % anual del valor acumulado con corte al 31 de diciembre del año anterior. El cálculo se realiza sobre el saldo total, siempre que el trabajador haya laborado el año completo.

Cuando el tiempo trabajado es menor, el valor se ajusta de forma proporcional a los días efectivamente laborados. La fórmula general consiste en multiplicar el valor de las cesantías por 0,12 y, si aplica, por el número de días trabajados dividido entre 360.

Por ejemplo, un trabajador con un saldo de cesantías de $7.000.000 y que haya laborado todo el año recibirá $840.000 por concepto de intereses. Si el periodo trabajado fue de seis meses, el pago se reduce proporcionalmente a $420.000.

Para verificar si el pago recibido es correcto, el trabajador puede seguir un proceso sencillo. Primero, debe identificar el saldo total de sus cesantías al cierre del año. Luego, establecer cuántos días trabajó durante ese periodo y aplicar la tasa del 12 % anual utilizando la fórmula correspondiente.

Desde el 1 de enero de 2026 El retiro de cesantías por FELP será hasta 1 salario mínimo integral. | Foto: Fondo Nacional de Ahorro

Este ejercicio permite tener claridad sobre el valor esperado y detectar posibles errores o incumplimientos por parte del empleador.

Los intereses de las cesantías aplican únicamente para trabajadores con contrato laboral, ya sea a término fijo o indefinido. No tienen derecho a este pago quienes devengan ingresos por día, por obra, ni quienes pertenecen a regímenes especiales, según lo explicado por la plataforma Alegra.