El Registro Universal de Ingresos (RUI) iniciará su implementación en Colombia este 1 de agosto de 2026, marcando el comienzo de la transición hacia un nuevo modelo de clasificación de la población que permitirá fortalecer la focalización de subsidios y programas sociales en el país.

La medida comenzará a aplicarse luego de que el Gobierno Nacional ampliara el plazo inicialmente previsto para julio mediante el Decreto 662 del 26 de junio de 2026.

A partir del 1 de agosto, las entidades públicas y los particulares que ejercen funciones públicas deberán iniciar el proceso de transición hacia el RUI, que integrará la información del Sisbén con registros administrativos provenientes de diferentes entidades del Estado para establecer una clasificación de la población basada en sus ingresos.

El Gobierno estableció un periodo de transición hasta el 31 de octubre de 2026 para la implementación del Registro Universal de Ingresos, mientras las entidades responsables ajustan sus procesos de focalización de programas sociales. | Foto: SISBEN

El DNP aclaró que la implementación del RUI no significa la desaparición del Sisbén. Por el contrario, la información recopilada mediante este sistema continuará siendo una de las principales fuentes del Registro Social de Hogares, mientras que el nuevo mecanismo incorporará datos administrativos para complementar y actualizar la caracterización de los hogares colombianos.

Las personas que ya estaban identificadas o focalizadas mediante el Sisbén al 31 de julio de 2026 contarán con un periodo de transición que se extenderá hasta el 31 de octubre. Durante ese tiempo no será necesario realizar una nueva encuesta ni efectuar un trámite adicional únicamente por la puesta en marcha del RUI.

Asimismo, Planeación Nacional indicó que la entrada en operación del nuevo registro no implica la pérdida automática de subsidios o ayudas sociales. La permanencia, el ingreso o la salida de cada programa continuará dependiendo de las entidades responsables de administrar los respectivos beneficios, las cuales deberán definir sus propios esquemas de transición.

El decreto también establece que las entidades encargadas de los programas sociales deberán publicar una hoja de ruta con los cronogramas, actividades operativas y mecanismos de atención para los ciudadanos. Además, tendrán la responsabilidad de desarrollar estrategias de información y pedagogía dirigidas tanto a los actuales beneficiarios como a quienes puedan acceder a estos programas.

Durante la transición al RUI, las entidades responsables de los programas sociales deberán definir y divulgar sus cronogramas para la adopción del nuevo sistema de focalización. | Foto: Cortesía Alcaldía de Cartagena

Para clasificar a la población, el RUI consolidará información procedente de registros administrativos de entidades como la Dian, la Registraduría Nacional y el Ministerio de Educación, además de bases de datos oficiales como la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA).

Entre los datos que serán considerados figuran los ingresos laborales, incluidos salarios, honorarios y recursos provenientes del trabajo independiente reportados en sistemas oficiales. También se tendrán en cuenta ingresos no laborales, como arrendamientos registrados ante la Dian, pensiones, intereses y cesantías.

La directora del Departamento Nacional de Planeación, Natalia Irene Molina, reiteró que el Sisbén seguirá haciendo parte del nuevo esquema y aseguró que la información ya suministrada por las familias colombianas continúa siendo válida, mientras que el RUI fortalecerá esa base con información proveniente de registros administrativos del Estado.