Inicia el calendario de declaración de renta en Colombia y con él los plazos para que las personas puedan realizarlo. Con el objetivo de que esto se realice de una forma organizada, la DIAN establece un calendario de cédulas con una respectiva fecha límite que, de no cumplirse, puede acarrear sanciones.
La DIAN espera que sean alrededor de 7 millones de personas las que realicen su declaración de renta en el segundo semestre de 2026, pero esta será correspondiente al año gravable 2025.
Hasta el momento, son más de 2 millones de personas las que han presentado su declaración de renta, por lo que todavía resta más de la mitad de la población que está pendiente de hacer este trámite obligatorio.
La fecha límite para presentar la declaración se define con los dos últimos dígitos de la cédula de ciudadanía. Conozca a continuación cuáles son:
- El lunes 31 de agosto deben hacerlo quienes su documento termine con los números 25 y 26.
- El martes 1 de septiembre es para los documentos terminados en 27 y 28.
- El miércoles 2 de septiembre a los terminados en 29 y 30.
- El jueves 3 de septiembre a los terminados en 31 y 32.
- El viernes 4 de septiembre a los terminados en 33 y 34.
No obstante, debe aclararse que los plazos de presentación para personas naturales se extienden hasta octubre, y estos se distribuyen de la siguiente forma:
Las multas por no presentar la declaración de renta van desde los $500.000, según informó la DIAN.
Ampliación de plazos para la declaración
El Gobierno nacional publicó para comentarios dos proyectos de decreto para mitigar los efectos causados por el sismo del pasado 10 de agosto sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias y aduaneras de la ciudadanía.
Uno de los proyectos establece plazos especiales para la declaración y pago del impuesto sobre la renta y complementarios de personas naturales y sucesiones ilíquidas con vencimientos para el mes de agosto.
La DIAN enfatizó que esta medida transitoria cobija únicamente a los contribuyentes que a 10 de agosto de 2026 tuvieran su domicilio fiscal en municipios como Cali, Palmira, Tuluá, Buenaventura en Valle, o hagan parte de los departamentos de Risaralda, Quindío, Caldas, Chocó y Cauca.
Estas personas tendrán plazos especiales que irán desde el 27 de octubre hasta el 13 de noviembre, los cuales fueron asignados según sus últimos dígitos del NIT de su RUT y deberán ser consultados en la página oficial de la DIAN.
El segundo proyecto establece la suspensión de términos aduaneros en las direcciones seccionales de Impuestos y Aduanas de Pereira, Armenia, Manizales, Buenaventura y Quibdó y en la Dirección Seccional de Aduanas de Cali, desde el 10 de agosto hasta el 10 de septiembre de 2026.
“Estas medidas contemplan procesos aduaneros de permanencia de mercancía en lugar de arribo, término de nacionalización de mercancías, presentación de declaraciones por cualquier régimen o modalidad, tránsito aduanero, y presentación y pago consolidado de los Operadores Económicos Autorizados (OEA) y usuarios de trámite simplificado (UTS) que no pudieron hacer dicho pago dentro del término establecido y con domicilio fiscal en las direcciones seccionales mencionadas”, concluyó la DIAN.
Con información de Colprensa*