Colombia se prepara para implementar un nuevo ajuste en las condiciones económicas de la fuerza laboral del país.

A partir del próximo 1 de julio, entrará en vigencia una nueva fase de la Ley 2466 of 2025, ampliamente conocida como la Reforma Laboral, la cual estipula un incremento sustancial en el reconocimiento económico para quienes prestan sus servicios durante los días domingos y festivos.

La Reforma Laboral, la cual estipula un incremento sustancial en el reconocimiento económico. | Foto: Gemini

La normativa vigente contempla que el pago por estos conceptos pase de manera gradual del antiguo 75 % hasta alcanzar el 100 % del valor de la hora ordinaria.

Tras el primer incremento ejecutado a mediados del año pasado, cuando la cifra se fijó en un 80 %, este próximo mes de julio marcará el ascenso del beneficio al 90 %, restando únicamente el tramo final que se consolidará en el año 2027 para que cada jornada de descanso laborada se remunere formalmente al doble.

Para realizar el cálculo correspondiente a este periodo de 2026, es necesario tomar como base el salario mínimo legal mensual vigente, establecido para este año en $1.750.905.

Es fundamental precisar que para esta operación matemática se excluye el auxilio de transporte, el cual se sitúa en $249.095, dado que este ítem no constituye factor salarial para determinar el costo del tiempo suplementario de trabajo.

Tras el primer incremento ejecutado a mediados del año pasado, cuando la cifra se fijó en un 80 %, este próximo mes de julio marcará el ascenso del beneficio al 90 %. | Foto: El País

Con la actual jornada de 44 horas semanales, el valor estimado de una hora ordinaria se ubica en aproximadamente $7.959. Bajo el nuevo esquema del 90 % que regirá desde julio, cada hora trabajada en un día festivo o dominical diurno pasará a liquidarse en $15.122, representando un alivio directo para el bolsillo de los trabajadores colombianos que cumplen turnos en estas fechas.

El panorama se torna más favorable cuando se calculan las modalidades de tiempo extra.

Si un empleado efectúa una hora extra dominical diurna, la cual arrastra el recargo de ley del 25 %, el valor final de ese tiempo laborado alcanzará los $17.111; por su parte, si la jornada corresponde a una hora dominical combinada con una extra nocturna del 75 %, el pago ascendirá hasta los $21.090, dinamizando los ingresos de los sectores con operaciones de veinticuatro horas.

No obstante, las oficinas de gestión humana de las empresas deberán recalcular estos valores a mitad de mes.

A partir del 15 de julio de 2026, se ejecutará la última reducción obligatoria de la jornada laboral en el territorio nacional, pasando de 44 a 42 horas semanales, una transición que alterará de manera automática el costo del dividendo por hora y exigirá una estricta actualización de nómina en todo el aparato productivo.